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ORi SUPR¡' ,¡,,,, D

26/03/1981 | CSJN
FEDERAL
ADMINISTRATIVO

Texto del Fallo

Resolución Nro 5!)b /15 Expte. 1146/2009 Buenos Aires,:Jf:J de'de 2015 Visto las facultades que se ha reservado la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el convenio celebrado con el Ministerio de Justicia Y Derechos Humanos Servicio Penitenciario Federal - de fecha 26 de marzo de 1981, 10 dispuesto en el arto 86 del Reglamento para la Justicia Nacional y la resolución CSJN nO 1480/96; Y Considerando: Que corresponde acceder a 10 solicitado por el señor Director (U. 28) Prefecto Lic. Jorge Vassi1ion, en el sentido que se suspenda el ingreso de detenidos los días 2, 3, 4 Y 5 de abril del corriente año en el centro de Detención Judicial (U. 28), las a1caidías Penal Federal (U. 29), Correccional Lava11e, Correccional Juncal, Penal Insp. Gral. Roberto Pettinato, Penal Cnel. (RE) Miguel A. Paiva, Federal de La Plata y Federal de Lomas de Zamora dependientes del Servicio Central de A1caidías U. 28, a los efectos de proceder a la desinfección general de los lugares de alojamiento como así también de los sectores administrativos, adoptando al efecto los recaudos necesarios para atender la situación de los detenidos incomunicados, SE RESUELVE: Suspender el ingreso de detenidos al Centro de Detención Judicial (U. 28), a las alcaidias Penal Federal (U. 29), Correccional Lavalle, Correccional Juncal, Penal Insp. Gral. Roberto Pettinato, Penal Cnel (RE) Miguel Angel Paiva, Federal de La Plata y Federal de Lomas de Zamora dependientes del Servicio Central de Alcaidias (U.28) provenientes de cualquier dependencia policial o de los servicios de seguridad o de otra dependencia policial o de otra indole durante los dias 2, 3, 4 Y 5 de abril del corriente año y disponer que los que ya estuvieron alojados o en tránsito al dia 1 de abril deberán ser derivados a los establecimientos que los señores jueces a cuya disposición se encuentren, o en su defecto a los señores directores de las alcaidias, determinen. Lo resuelto no obstará a que los señores jueces requieran el comparendo de los detenidos incomunicados ante sus estrados, los que serán conducidos directamente ante ellos sin necesidad de intervención de las alcaidias mencionadas. Registrese y comuniquese a los tribunales por intermedio de las cámaras respectivas, al señor Director del Centro de Detención Judicial, al señor Director del Servicio Central de Alcaidias y al [) '} señor Director del .--3-j:---penl.;.t-en9.'ario Federal. Cumplido archí vese. /__-----_. .. / /0 ,-­ // -- -­ LO.ENZETT\ c,r-.-",¡I".l,';; LA 'F'Re"':l-.J.'"', -, JUSTIC\ ORi SUPR¡',¡,,,, D e LA N,A,C\