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De conformidad

02/03/1989 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 348 ID: fallos_348_23

Jueces

Fayt Bacqué Caballero Mendoza

Voces / Materias

QUEJA COMPETENCIA SOCIEDAD RECURSO EXTRAORDINARIO ELECTORAL NULIDAD

Texto del Fallo

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 2 de marzo de 1989. Autos y Vistos: De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal y la jurisprudencia del Tribunal que cita, se resuelve la contienda planteada por la inhibitoria librada por el señor juez federal con competencia electoral con asiento en Mendoza, declarando que corres- ponde a la Honorable Junta Electoral de la Provincia de Mendoza continuar entendiendo exclusivamente en las cuestiones relativas a la eventual nulidad de la resolución de la Junta Electoral del Partido Justicialista de la citada provincia, en cuanto procedió a proclamar candidatos a cargos electivos locales. JOSÉ SEVERO CABALLERO - CARLOS S. FAYT - JORGE ANToNIO BACQUÉ. JORGE ALVAREZ VALDEZ v. SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES y COMPOSITORES DE MUSICA (SADAlC) RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite. Los cuestionamientos relativos a los fundamentos de las decisiones denegatorias de la apelaci6n extraordinaria encuentran en el recurso de queja la via idónea para su formulación, resultando inadmisible el incidente de nulidad a tal fin (art. 285 del Código Procesal).