De conformidad
02/03/1989
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 348
ID: fallos_348_23
Jueces
Fayt
Bacqué
Caballero
Mendoza
Voces / Materias
QUEJA
COMPETENCIA
SOCIEDAD
RECURSO EXTRAORDINARIO
ELECTORAL
NULIDAD
Texto del Fallo
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de marzo de 1989.
Autos y Vistos:
De conformidad
con lo dictaminado
por el señor Procurador
Fiscal
y la jurisprudencia
del Tribunal
que cita, se resuelve
la contienda
planteada
por la inhibitoria
librada
por el señor juez federal
con
competencia
electoral con asiento en Mendoza, declarando
que corres-
ponde a la Honorable
Junta
Electoral
de la Provincia
de Mendoza
continuar
entendiendo
exclusivamente
en las cuestiones
relativas
a la
eventual
nulidad
de la resolución
de la Junta
Electoral
del Partido
Justicialista
de la citada provincia,
en cuanto procedió a proclamar
candidatos
a cargos electivos locales.
JOSÉ SEVERO CABALLERO -
CARLOS S.
FAYT -
JORGE ANToNIO
BACQUÉ.
JORGE ALVAREZ VALDEZ v. SOCIEDAD ARGENTINA
DE AUTORES
y
COMPOSITORES
DE MUSICA (SADAlC)
RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite.
Los cuestionamientos
relativos a los fundamentos de las decisiones denegatorias
de la apelaci6n extraordinaria encuentran en el recurso de queja la via idónea
para su formulación, resultando inadmisible el incidente de nulidad a tal fin (art.
285 del Código Procesal).