Héctor Adolfo Delfino en la causa Delfino, Héctor Adolfo y Tinto,
19/09/1989
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 349
ID: fallos_349_14
Jueces
Petracchi
Fayt
Bacqué
Belluscio
Caballero
Voces / Materias
QUEJA
BANCO
EJECUCIÓN
Normas Citadas
Ley 20.840
Texto del Fallo
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de septiembre de 1989.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de
Héctor Adolfo Delfino en la causa Delfino, Héctor Adolfo y Tinto,
Aniceto Oscar si infracción arto 7º Ley 20.840 -denuncia
de la Corpo-
ración Económica, Vitivinícola,
Industrial
y Comercial (CAVIC)-
causa F-9184", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que esta
Corte comparte
los fundamentos
y conclusiones
del
dictamen del señor Procurador
General a los que cabe remitirse
en
razón de brevedad.
Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que,
dentro del quinto día, y conforme a las pautas
establecidas
por la
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FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
312
.
dentro
del quinto
día, y conforme
a las pautas
establecidas
por la
acordada N9 54/86, efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código
Procesal
Civil y Comercial
de hi Nación, en el Banco de la Ciudad de
Buenos
Aires, a la
orden de esta. Corte y bajo apercibimiento
de
ejecución.
JosÉ
SEVERO CABALLERO -
AUGUSTO CÉSAR
BELLUSCIO -
CARLOS S. FAYT -
ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI -
JORGE
ANTONIO BACQUÉ.
RAFAEL GONZALEZ ARZAC
SUPERINTENDENCIA
La inhabilidad impuesta por el apartado final del arto 12 del Reglamento para la
Justicia Nacional no se aprecia "inconveniente" ya que tiende a resguardar
a los
jueces de situaciones potencialmente perturbadoras
para el cumplimiento de la
delicada
tarea
que la ley les ha encomendado.
Así, aunque
el vínculo de
parentesco permite suponer un alto grado de confianza entre el magistrado y su
secretario privado -<¡ue a veces puede ser beneficioso-
el ejercicio del empleo
bajo un superior jerárquico
directo, que es pariente
consanguíneo
o afín o
cónyuge, da lugar a una incompatibilidad
de orden moral, pues es posible -y
humano-
que en tal caso se debilite el ejercicio del poder jerárquico del superior,
y más aún el poder disciplinario.