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De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Ge-

09/08/1994 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 361 ID: fallos_361_57

Keywords / Subjects

RECURSO EXTRAORDINARIO JUBILACIÓN

Cited Norms

ley 18.037

Ruling Text

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 9 de agosto de 1994. Autos y Vistos: De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Ge- neral, declárase que la Sala G de la Cámara Nacional de Apelacio- nes en lo Civil resulta competente para conocer en estas actuacio- nes, las que se le remitirán. RICARDO LEVENE (H) - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A. F. LÓPEZ '- GUSTAVO A. BOSSERT. MARIA ARMINDA VAULET DE LEDESMA v. CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA EL PERSONAL DEL ESTADO y SERVICIOS PUBLICOS RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senten. cias a~bitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente. Es descalificable la sentencia que adoptó una pauta extraña a las disposiciones legales vigentes para paliar el deterioro que produjo en el caso la aplicación DE JUSTICIA DE LA NACION 317 871 del régimen de coeficientes de la ley 18.037 y prescindió, si dar razones que lo justifiquen, de las normas que habían regido la determinación del haber de la interesada y su futura movilidad al tiempo de concederse la jubilación. JUBILACION y PENSION. La utilización del salario del peón industrial a efectos de sanear el monto del beneficio previsional no cumple su finalidad, si en los períodos examinados el resultado obtenido sigue viciado de confiscatoriedad. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senten- cias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normatiua. Si la ley vigente a la fecha del cese de servicios preveía el método apropiado para subsanar el gravamen que sufrió la prestación, es arbitraria la sentencia que utilizó una pauta extraña a esos fines.