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Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dic-

19/05/1997 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 369 ID: fallos_369_111

Judges

Fayt Belluscio Vázquez López

Keywords / Subjects

SEGURO

Ruling Text

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 19 de mayo de 1997. Autos y Vistos; Considerando: Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dic- tamen del señor Procurador General, a los que corresponde remitirse en razón de brevedad. Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procura- dor General, devuélvase la causa al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro a los efectos que correspondan. Hágase sa- 1074 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA 320 ber a la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de Viedma, Provincia de Río Negro. EDUARDOMOLINÉO'CONNOR- CARLOSS. FAYT- AUGUSTOCÉSAR BELLUSCIO- GUILLERMO A. F. LÓPEZ- ADOLFOROBERTOVÁZQUEZ. JOSEELOYPALACIOSCAMARGOv.CAJANACIONAL DE AHORROy SEGURO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sen- tencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronuncia- miento. Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la demanda tendien- te a obtener el cobro de un seguro por invalidez, si el tribunal ha hecho valer una circunstancia -que el origen de las patologías era anterior a su ingreso a) seguro- no invocada por la demandada con apartamiento del principio de congruencia y mengua del derecho de defensa en juicio del actor.