y Vistos y Considerando: 1º) Que se encuentran reservadas en el Tribunal fotocopias del legajo Nº 3 correspondiente a la causa Nº 1.156 donde se investiga el atentado cometido contra la sede de la A.M.I.A. en Buenos Aire
23/12/1999
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
LABORAL_SEGURIDAD_SOCIAL
Tomo 377
ID: fallos_377_113
Judges
Petracchi
Belluscio
López
Keywords / Subjects
PENSIÓN
Cited Norms
decreto 2.023
Decreto 1666/83
decreto 2023/94
Decreto
2023/94
Decreto 2023/94
resolución
3379
Ruling Text
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de diciembre de 1999.
Autos y Vistos y Considerando:
1º) Que se encuentran reservadas en el Tribunal fotocopias del
legajo Nº 3 correspondiente a la causa Nº 1.156 donde se investiga el
atentado cometido contra la sede de la A.M.I.A. en Buenos Aires.
3299
DE JUSTICIA DE LA NACION
322
2º) Que a fs. 21/43 y 74/96 del mismo obra la declaración que las
autoridades del Departamento Protección del Orden Constitucional le
recibieron al ciudadano brasileño Wilson Roberto Dos Santos.
3º) Que en esa oportunidad, manifestó que en el mes de abril de
1992 conoció a una mujer de nacionalidad iraní llamada Nasrin y apo-
dada “Isabella”, la cual se domiciliaba en una pensión sita en la calle
Rincón Nº 83 de esta ciudad. Dijo que ambos iniciaron una relación
sentimental y con el transcurrir del tiempo comenzó a acompañarla a
distintos lugares a pedido de ésta.
Después del relato de diversas circunstancias afirmó que decidió
–junto con Nasrin– irse a vivir a otra parte del mundo como Europa o
Canadá. Fue así que, según las manifestaciones de Dos Santos, adqui-
rieron pasajes en la agencia de viajes “Raptim”, los cuales fueron abo-
nados en efectivo por Nasrin. Que el trayecto a realizar era Buenos
Aires-Montevideo-Amsterdam-Zurich, desde el día 22 de diciembre de
1992 por las empresas aéreas Aerolíneas Argentinas (hasta Montevi-
deo), KLM (hasta Amsterdam) y Swissair (hasta Zurich).
Agregó que una vez en Zurich se alojaron en habitaciones separa-
das en el Hotel “Martha Haus” y quedaron en viajar al día siguiente
hacia Roma con el fin de tramitar la visa de ambos para ir a Canadá.
Aclaró que la visa correspondiente a Nasrin fue denegada por ser ella
de nacionalidad iraní y poseer un pasaporte argentino, al parecer alte-
rado. Esta situación disgustó a Nasrin, quien manifestó sus intencio-
nes de regresar a Zurich, lo que en definitiva hicieron, alojándose nue-
vamente en el hotel antes mencionado.
4º) Que mientras permanecían en el hotel “Martha Haus”, Dos
Santos refirió que vio a Nasrin vestida con una túnica negra larga en
el momento en que salía de su habitación con un sobre grande y ama-
rillo. A la mañana siguiente, agregó, al dirigirse a desayunar observó
que en una de las mesas del salón se encontraba un hombre de nombre
Alí Slim, a quien conocía. Luego relató que se hizo presente Nasrin,
pero aquél ya había abandonado el salón. Al preguntarle a Nasrin por
este último, Dos Santos dijo que Mokhtari sabía de su presencia en el
hotel pero que luego le contaría al respecto.
Agregó que después de desayunar, Nasrin lo invitó a su habita-
ción, donde vio dos valijas de aluminio. Al abrir Nasrin una de ellas,
3300
FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
322
observó una gran cantidad de dólares, que calculó en unos tres millo-
nes.
A raíz de las consecuentes preguntas que Dos Santos dijo haberle
realizado, fue que Nasrin comenzó a darle explicaciones de su vida
personal. En ese contexto relató que le mostró distintas fotos de ella
con vestimenta y armamento militar. También le mostró tres pasapor-
tes que utilizaba, uno iraní, otro libanés y el argentino que ya conocía.
Según Dos Santos, fue en ese momento que Nasrin le dijo que jun-
to con unos amigos, entre los que se encontraban Alí Slim y Hassan
–taxista en Buenos Aires–, había participado del atentado a la emba-
jada de Israel en Buenos Aires, para el cual habían utilizado una ca-
mioneta y que debía regresar a Buenos Aires a realizar otro trabajo.
Al finalizar la conversación mantenida con Nasrin, ingresó a la
habitación Alí Slim, quien los invitó a cenar afuera, pero nunca le dio
ningún tipo de explicación de su estadía en Europa.
Tras otras circunstancias, Nasrin le comentó que el viaje de regre-
so a la Argentina sólo lo harían en el mes de junio o julio de 1994 y no
en 1993. Fue por ello que Dos Santos dijo haberse escapado esa misma
noche del hotel, dirigiéndose primero hacia Amsterdam para luego
desde allí ir hasta San Pablo.
5º) Que el día 18 de noviembre de 1994, Dos Santos amplió su de-
claración testifical, pero ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y
Correccional Federal Nº 9. No ratificó su anterior ponencia, prestada
ante el Departamento Protección del Orden Constitucional de la Poli-
cía Federal Argentina, y agregó que “había mentido para ver si podía
ganar dinero”.
De esta manera explicó que intentó vender esta historia a varios
medios periodísticos del Brasil, contactándose con un periodista lla-
mado Mario, quien le entregó dinero y lo acompañó hasta Buenos Ai-
res con el fin de confirmar sus dichos.
En relación a los hechos vertidos en su primera declaración, dijo
que efectivamente conoció a una mujer de nombre Nasrin, la que se
hacía llamar “Isabella”, y que no conocía a ninguna persona llamada
Alí Slim, sino que extrajo ese nombre de un artículo periodístico del
diario Clarín.
3301
DE JUSTICIA DE LA NACION
322
Declaró que se mantenía económicamente gracias al dinero que le
daba un coreano llamado Luis Woo, con quien había mantenido rela-
ciones sexuales, y con los préstamos que le daba una mujer llamada
Silvia que vivía en La Boca.
Respecto de su relación con Nasrin, Dos Santos dijo que la había
conocido en una confitería de la Capital Federal, junto a un amigo
suyo de nombre Hugo Edgardo Romero. Que efectivamente Nasrin
abonó los pasajes de avión para que ambos fueran a Europa, ya que le
había prometido a ésta que allí le podía conseguir una visa para ir a
vivir a Canadá.
En cuanto al viaje realizado a Europa junto con Nasrin, el nom-
brado Wilson Dos Santos refirió que no era cierto que ésta le hubiera
mostrado fotos suyas con vestimenta y armamento militar y una vali-
ja llena de billetes de cien dólares, que hubiesen realizado otros viajes
a Turín y Munich, ni que Nasrin le hubiera mencionado que participó
junto con unos amigos en el atentado a la embajada de Israel en Bue-
nos Aires o tuvieran planeado realizar otro similar en el año 1994. Lo
único cierto, según su relato, fue la idea de quitarle dinero a Nasrin
Mokhtari diciéndole que le conseguiría una visa al Canadá, pero al ver
que ésta no tenía tanto dinero como pensaba, decidió abandonarla en
Europa y regresar a Brasil.
6º) Que a fs. 28.585 de las presentes actuaciones –en donde se in-
vestiga el atentado cometido contra la embajada de Israel– la Secreta-
ría de Inteligencia de Estado informó acerca de la posibilidad de que
Nasrin Mokhtari se encontrara en tránsito por nuestro país el día 4 de
diciembre de 1998 proveniente de Europa y con destino final en la
ciudad de Montevideo, Uruguay. En consecuencia se libró orden de
captura contra la nombrada Mokhtari con el objeto de recibirle decla-
ración indagatoria.
Efectivamente, el 4 de diciembre de 1998 se produjo la detención
de Nasrin Mokhtari en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza.
7º) A fs. 28.663/7, 28.770/7, 28.907/16, 28.987/92, 29.231/7, 29.275/7,
29.338/9 y 33.454/8 se le recibió declaración indagatoria a Nasrin
Mokhtari, en la cual refirió que había ingresado por primera vez en la
Argentina en el año 1986 o 1987 y que en el año 1991 le entregaron el
pasaporte argentino. Fundó la elección de la Argentina como país de
3302
FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
322
residencia en que no le exigían ni visa, ni garantías para el ingreso y
que abandonaba Irán porque la situación de la mujer era muy difícil.
Agregó que mientras vivió en Irán se desempeñó como secretaria del
Ministro del Petróleo y en la empresa japonesa “Sanco Engineer”.
Además, sin perjuicio de haber negado tener relaciones con un
hombre brasileño llamado Wilson Roberto Dos Santos, lo reconoció a
través de una fotografía que le fue exhibida, obrante a fs. 147 del in-
forme remitido el 4 de diciembre de 1998 por la Secretaría de Inteli-
gencia de Estado.
También expuso que con una persona de origen brasileño, a quien
luego reconoció como Wilson Roberto Dos Santos, realizó un viaje a
Europa en el que se hizo cargo tanto de sus gastos como los de su
ocasional acompañante. En dicha oportunidad fue a Suiza y luego se
trasladó a Bélgica y a Italia, para ser luego abandonada por su compa-
ñero –a quien le faltaba una mano– en un hotel en la ciudad de Zurich.
Agregó que junto con este señor se trasladó a Milán y a Sicilia toda vez
que él le ofrecía conseguir una visa para irse a vivir a Canadá. Mani-
festó que después de ser abandonada por Dos Santos nunca más lo
volvió a ver. Agregó además que realizó un llamado telefónico a la
agencia Raptim notificando allí que el nombrado Dos Santos la había
abandonado. Sin embargo aclaró que la ida de Dos Santos fue precedi-
da de una reunión que mantuvo con un iraní que se alojaba en el mis-
mo hotel que ellos y que se desarrolló en la conserjería, circunstancia
advertida por el nombrado Dos Santos y que pudo constituirse en el
motivo de su desaparición.
8º) Que también afirmó que mientras residió en la Argentina se
hospedó en diversos hoteles y pensiones y trabajó de peluquera y dac-
tilógrafa, y que además recibía dinero que le enviaba su familia desde
Irán, reconociendo la propiedad del depósito a plazo fijo del Deutsche
Bank por 40.393,50 dólares.
Exhibida que le fue una fotocopia de la fotografía de Hugo Edgardo
Romero, manifestó reconocerlo y lo individualizó como el amigo de Dos
Santos que también pretendió que la dicente le abonara un viaje a
Europa.
Expresó también que después de estas circunstancias antes ex-
puestas se radicó en Francia, donde vivían dos hermanos y nunca más
3303
DE JUSTICIA DE LA NACION
322
volvió a la Argentina. Afirmó desconocer el hecho del atentado a la
embajada de Israel en la Argentina hasta que se le hizo saber en el
momento de comenzar su primera declaración indagatoria y que, en
consecuencia, nunca le comentó absolutamente nada a Dos Santos en
relación con el mencionado hecho criminal.
9º) Que en el desarrollo de su declaración indagatoria se le exhi-
bieron todos los legajos de fotografías obrantes en el Tribunal, los iden-
tikits del legajo “decreto 2.023 y sus modificaciones”
... (truncated text, 670443 total characters)