principale
07/03/2000
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 378
ID: fallos_378_46
Judges
Petracchi
Fayt
Belluscio
Boggiano
Nazareno
López
Keywords / Subjects
QUEJA
Ruling Text
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
285
Buenos Aires, 7 de marzo de 2000.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la
causa Hormaechea de Caballero, Miriam Graciela cl Cristensen, Ser-
gio y otro", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que los agravios de la apelante han sido objeto de adecuado tra-
tamiento en el dictamen del señor Procurador General, cuyos funda-
mentos esta Corte comparte y a los cuales se remite brevitatis causae.
Por ello, se desestima esta presentación
directa. Devuélvanse los
autos principales. Notifíquese yarchívese.
JULIO
S. NAZARENO
-
EDUARDO
MOLINÉ
O'CONNOR
-
CARLOS
S. FAYT-
AUGUSTO
CÉSAR
BELLUSCIO
-
ENRIQUE
SANTIAGO
PETRACCHI
-
ANTONIO
BOGGIANO
-
GUILLERMO
A. F. LÓPEZ -
GUSTAVO A. BOSSERT.
JUAN
ISIDORO
PAULINO
DURE y/u OTRA
v. LUIS ETCHEVEHERE
y/u OTROS
RECURSO
EXTRAORDINARIO:
Requisitos
comunes. Gravamen.
El depósito del importe del capital adeudado sin hacer reserva alguna respec-
to a la continuación del trámite de la queja, importa a este respecto una re-
nuncia o desistimiento tácito del recurso, circunstancia
que torna inoficioso
dictar pronunciamiento
por haberse vuelto abstracta la cuestión debatida.