Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Constructora Mitre
09/05/2000
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 378
ID: fallos_378_198
Judges
Petracchi
Fayt
Belluscio
Vázquez
López
Keywords / Subjects
RECURSO EXTRAORDINARIO
QUEJA
Ruling Text
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 9 de mayo de 2000.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la
causa Constructora Mitre S.A. cJProvincia de Formosa", para decidir
sobre su procedencia.
Considerando:
Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dic-
tamen del señor Procurador General de la Nación, al que se remite en
razón de brevedad.
Por ello, se hace lugar a la queja, se declara formalmente admisi.
ble el recurso extraordinario,
se deja sin efecto la sentencia
y se de-
vuelven las actuaciones al tribunal de procedencia para que se dicte
una nueva ajustada a derecho. Reintégrese el depósito de fs. 1. Notifi-
quese. Agréguese la queja al principal y, oportunamente, devuélvase.
JULIO S. NAZARENO -
EDUARDO MOLINÉ O'CONNOR
-
CARLOS S. FAYT-
AUGUSTO
CÉSAR
BELLUSCIO
-
ENRIQUE
SANTIAGO
PETRACCHI
-
GUILLERMO
A.
F.
LÓPEZ
-
GUSTAVO A.
BOSSERT
-
ADOLFO
ROBERTO
VÁZQUEZ.
1094
FALLOS
DE LA CORTE
SUPREMA
323
MARGARITA HERZBERG
DE LABE y GEN SE RICO BAUTISTA LABE
RECURSO
EXTRAORDINARIO:
Requisitos
comunes.
Gravamen.
La circunstancia
de que los recurrentes
se encuentren
prófugos obsta a la
procedencia
de la queja.