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De conformidad

14/09/2000 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 379 ID: fallos_379_182

Jueces

Pérez González

Voces / Materias

COMPETENCIA FILIACIÓN JURISDICCIÓN

Normas Citadas

ley 1285/58 ley 23.737 decreto 7672/63 Fallos: 310:749

Texto del Fallo

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 14 de septiembre de 2000 . . Autos y Vistos: De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, a la que se le remitirán. Hágase saber a la Sala II de la Cámara Nacio- nal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. EDUARDO MOUNÉ O'CONNOR - AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO I'ETRACCHI - ANToNIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT- ADoLFO RoBERTO VÁZQUEZ. 2580 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA 323 MARYLINE ISABEL BARTHELEMY y OTROS JURISDICCION y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares. Corresponde declarar la competencia originaria de la Corte Suprema (arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional y sus leyes reglamentarias y arto 24, ine. 1 del decreto-ley 1285/58) para investigar la presunta infracción a la ley 23.737 en la que habría incurrido la hija de un funcionario administrativo de una embajada extranjera, toda vez que se encuentra acreditada en la causa tanto la filiación como el status diplomático del padre de la imputada. INMUNIDADES. Toda vez que la imputada por infracción a la ley 23.737, hija de un diplomático extranjero acreditado en nuestro país, se encuentra alcanzada por el principio que consagra la inmunidad de jurisdicción establecido en el arto 37 de la Con- vención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, aprobada por decreto 7672/63, la Corte debe requerir por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a la embajada del país acreditan te, la conformidad correspondiente para que pueda ser sometida ajuicio (art. 32 de la citada convención yart. 24, inc. 1º, último párrafo decreto-ley 1285/58). DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL Suprema Corte: El señor juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Co- rreccional Federal Nº 1 de San Isidro, provincia de Buenos Aires, ele- vó al conocimiento originario de V.E., las presentes actuaciones que tuvieron su origen en la prevención policial a través de la cual se se- cuestró un frasco plástico conteniendo picadura de marihuana y un cigarrillo armado de los denominados "porros", que, en principio, esta- rían en poder de Maryline Isabel Barthelemy y otros (cfr. fojas 2/3). Del informe del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio In- ternacional y Culto de la Nación, obrante a fojas 108, surge que la nombrada -de 20 años de edad, de nacionalidad francesa, estudiante- se encuentra a cargo de su padre Daniel Víctor Barthelemy, funciona- rio administrativo en la embajada de la República de Francia ante DE JUSTICIA DE LA NACION 323 2581 nuestro país, por lo que aquélla goza de inmunidad de jurisdicción conforme lo normado por el artículo 37 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. Asimismo, es doctrina reiterada de V.E. que en los procesos en que son parte los miembros de la familia del agente diplomático que for- men parte de su casa, corresponde que intervenga la jurisdicción ori- ginaria de la Corte (autos S. 287, L. XXIV Sato Fumitoshi y otros s/ lesiones, del 5 de agosto de 1993, con cita de la caus.a C. 1071, L. XX Contreras Sistero, Rugo Alfredo s/denuncia hurto, del 14 de agosto de 1986, Fallos: 310:749 y autos P. 354, L. XXXVPérez, Guillaume y Rousse, Pierrick s/inf. ley 23.737 , del 1 de noviembre de 1999). En razón de lo expuesto, entiendo que V.E. es competente para conocer en forma originaria de este hecho, por lo que correspondería requerir la conformidad exigida por el artículo 32 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y el artículo 24, inciso 1º, último párrafo, del decreto ley 1285/58, para que Maryline Isabel Barthelemy pueda ser sometida a juicio. Buenos Aires, 24 de noviembre de 1999. Luis Santiago González Warcalde.