← Back to results

“Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Electroingeniería

03/04/2001 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 381 ID: fallos_381_154

Judges

Fayt Belluscio Vázquez López

Keywords / Subjects

RECURSO EXTRAORDINARIO

Ruling Text

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 3 de abril de 2001. Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Electroingeniería S.A. c/ Dirección de Energía de Catamarca”, para decidir sobre su procedencia. Considerando: Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dic- tamen del señor Procurador General que antecede, al que se remite en razón de brevedad. Por ello, se hace lugar a la queja, se declara admisible el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Reintégrese el depó- sito de fs. 37. Notifíquese y remítase. EDUARDO MOLINÉ O’CONNOR — CARLOS S. FAYT — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — GUILLERMO A. F. LÓPEZ — GUSTAVO A. BOSSERT — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ. LEON GLIKIN RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos. Las sentencias de la Corte Suprema deben atender a las circunstancias existen- tes al momento de la decisión, aunque sean sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario. 1097 DE JUSTICIA DE LA NACION 324 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos. La extinción de la acción penal por muerte del imputado en cuyo favor se inter- puso el recurso de queja, torna inoficioso el pronunciamiento de la Corte Su- prema.