“Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Electroingeniería
03/04/2001
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 381
ID: fallos_381_154
Judges
Fayt
Belluscio
Vázquez
López
Keywords / Subjects
RECURSO EXTRAORDINARIO
Ruling Text
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de abril de 2001.
Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la
causa Electroingeniería S.A. c/ Dirección de Energía de Catamarca”,
para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dic-
tamen del señor Procurador General que antecede, al que se remite en
razón de brevedad.
Por ello, se hace lugar a la queja, se declara admisible el recurso
extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los
autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte un
nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Reintégrese el depó-
sito de fs. 37. Notifíquese y remítase.
EDUARDO MOLINÉ O’CONNOR — CARLOS S. FAYT — AUGUSTO CÉSAR
BELLUSCIO — GUILLERMO A. F. LÓPEZ — GUSTAVO A. BOSSERT — ADOLFO
ROBERTO VÁZQUEZ.
LEON GLIKIN
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos.
Las sentencias de la Corte Suprema deben atender a las circunstancias existen-
tes al momento de la decisión, aunque sean sobrevinientes a la interposición del
recurso extraordinario.
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DE JUSTICIA DE LA NACION
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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos.
La extinción de la acción penal por muerte del imputado en cuyo favor se inter-
puso el recurso de queja, torna inoficioso el pronunciamiento de la Corte Su-
prema.