y Vistos; Considerando: Que el Tribunal comparte los argumentos y conclusiones del dicta- men de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitir a fin de evitar repeticiones innecesaria
17/07/2001
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 382
ID: fallos_382_47
Jueces
Petracchi
Fayt
Nazareno
Vázquez
Voces / Materias
COMPETENCIA
MEDIDA CAUTELAR
Texto del Fallo
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de julio de 2001.
Autos y Vistos; Considerando:
Que el Tribunal comparte los argumentos y conclusiones del dicta-
men de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitir a
fin de evitar repeticiones innecesarias.
Por ello, se resuelve: Declarar la incompetencia de esta Corte para
entender en forma originaria en este juicio. Notifíquese.
JULIO S. NAZARENO — EDUARDO MOLINÉ O’CONNOR — CARLOS S. FAYT —
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUSTAVO A. BOSSERT — ADOLFO ROBERTO
VÁZQUEZ.
YACYLEC S.A. V. PROVINCIA DE CORRIENTES
RECURSO DE REVISION.
Corresponde revisar la denegatoria de una medida cautelar cuando las circuns-
tancias de hecho que acompañan al nuevo pedido resultan novedosas respecto
de las ocurridas al momento de su rechazo.