Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-
27/11/2001
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 383
ID: fallos_383_108
Judges
Petracchi
Belluscio
Nazareno
Vázquez
Keywords / Subjects
RECURSO ORDINARIO DE APELACION
Cited Norms
ley 24.463
Ruling Text
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de noviembre de 2001.
Autos y Vistos:
Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-
rador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se
declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presen-
te incidente el Juzgado de Familia Nº 1 de Posadas, Provincia de Mi-
siones, al que se le remitirá. Hágase saber al Tribunal de Menores
Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de
Buenos Aires.
JULIO S. NAZARENO — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI — GUSTAVO A. BOSSERT — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.
HILDA ELIDA VAZQUEZ V. ANSES
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.
No corresponde hacer lugar al agravio referido a la aplicación del plazo de cadu-
cidad del art. 15 de la ley 24.463, si el organismo previsional no se hizo cargo de
los alcances asignados por el a quo al art. 24 de la mencionada ley, ni de las
circunstancias valoradas en el fallo, que difieren de las del precedente invocado
por el apelante.
JUBILACION Y PENSION.
Corresponde rechazar el agravio referido a que la actora conocía que el emplea-
dor no le efectuaba aportes, si el organismo previsional no probó dicha circuns-
tancia ni objetó los recibos de sueldos de la peticionaria de los que surgían los
descuentos correspondientes.
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FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
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