← Back to results

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-

27/11/2001 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 383 ID: fallos_383_108

Judges

Petracchi Belluscio Nazareno Vázquez

Keywords / Subjects

RECURSO ORDINARIO DE APELACION

Cited Norms

ley 24.463

Ruling Text

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 27 de noviembre de 2001. Autos y Vistos: Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu- rador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presen- te incidente el Juzgado de Familia Nº 1 de Posadas, Provincia de Mi- siones, al que se le remitirá. Hágase saber al Tribunal de Menores Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires. JULIO S. NAZARENO — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUSTAVO A. BOSSERT — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ. HILDA ELIDA VAZQUEZ V. ANSES RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social. No corresponde hacer lugar al agravio referido a la aplicación del plazo de cadu- cidad del art. 15 de la ley 24.463, si el organismo previsional no se hizo cargo de los alcances asignados por el a quo al art. 24 de la mencionada ley, ni de las circunstancias valoradas en el fallo, que difieren de las del precedente invocado por el apelante. JUBILACION Y PENSION. Corresponde rechazar el agravio referido a que la actora conocía que el emplea- dor no le efectuaba aportes, si el organismo previsional no probó dicha circuns- tancia ni objetó los recibos de sueldos de la peticionaria de los que surgían los descuentos correspondientes. 4010 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA 324