Orlovsky, Vladimir cl ANSeS sI dependientes: otras prestaciones
26/09/2002
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
ADMINISTRATIVO
Tomo 385
ID: fallos_385_133
Judges
Petracchi
Vázquez
López
Keywords / Subjects
JUBILACIÓN
APELACIÓN
Cited Norms
ley 24.463
ley 18.038
decreto 2016/91
Ruling Text
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2002.
Vistos los autos: "Orlovsky, Vladimir cl ANSeS sI dependientes:
otras prestaciones".
Considerando:
DE JUSTICIA
DE LA NACION
325
2439
1º) Que contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de
la Seguridad Social que, al revocar el fallo de la instancia anterior que
había rechazado la demanda, ordenó el otorgamiento del beneficio de
jubilación ordinaria, la demandada dedujo recurso ordinario de apela-
ción que fue concedido (art. 19 de la ley 24.463).
2º) Que la alzada consideró que para aplicar la ley 18.038 sin la
reforma del decreto 2016/91-que aumentó a veinte años el mínimo de
servicios con aportes exigibles-, el peticionario debía cumplir al mo-
mento de la solicitud con los recaudos necesarios para acceder al bene-
ficio,circunstancia que se verificaba en el caso ya que al 31 de julio de
1991, el actor contaba con 30 años de servicios, 15 con aportes, y 68
años de edad. De ahí que concluyó que asistía derecho al apelante a la
jubilación ordinaria solicitada.
3º) Que los agravios de la recurrente no rebaten adecuadamente
los fundamentos del pronunciamiento apelado, toda vez que se limi-
tan a aducir un supuesto incumplimiento de los recaudos legales para
acceder al beneficio y una falta de aportes en tiempo oportuno, a la par
que invocan el carácter contributivo del sistema de reparto asistido.
Tales planteas importan una crítica parcial e insuficiente del fallo im-
pugnado, pues no se hacen cargo de los elementos de juicio valorados
por la cámara para sustentar
su decisión, lo que lleva a declarar la
deserción del recurso.
Por ello se declara desierto el recurso ordinario de apelación. Cos-
tas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Notifíquese y devuélvase.
EDUARDO
MOLINÉ
O'CONNOR
-
ENRIQUE
SANTIAGO
PETRACCHI
-
GUILLERMO
A. F. LÓPEZ
-
GUSTAVO
A.
BOSSERT
-
ADOLFO
ROBERTO
VÁZQUEZ.
JESUS
MERCEDES
ZARATE v. INPS - CAJA NACIONAL
DE PREVISION
DE
LA INDUSTRIA,
COMERCIO
y ACTIVIDADES
CIVILES
JUBlLACION
y PENSION.
Corresponde confirmar la sentencia que denegó la jubilación por invalidez si
la sola certificación de las tareas en cuestión, otorgada por uno de los socios
cuando ya estaba inhibido para extenderla resulta insuficiente para tener por
acreditado el trabajo denunciado.
2440
FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
325