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Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Meller Comunicaciones

05/11/2002 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 386 ID: fallos_386_73

Keywords / Subjects

RECURSO EXTRAORDINARIO QUEJA

Ruling Text

FALLO DE LA CORTE SUPREMA 2899 Buenos Aires, 5 de noviembre de 2002. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Meller Comunicaciones S.A. Unión Transitoria de Empresas el Empresa Nacional de Telecomunicaciones", para decidir sobre su procedencia. Considerando: 1º) Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la pre- sente queja es inadmisible, puesto que el recurrente no ha desarrolla- do argumentos que permitan apartarse del criterio expuesto en Fa- llos: 322:298, a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad, ni se advierte arbitrariedad en la decisión atacada que jus- tifique la intervención de esta Corte (conf. causa A.269.XXXV"Aion SALC. yA. y NateJco S.A.LC. e/Empresa Nacional de Telecomunica- ciones", pronunciamiento del 29 de agosto de 2000) ('). 2º) Que, sin perjuicio de ello, en cuanto a los agravios dirigidos a sostener que la "renuncia" formulada por la demandante en el trámite (*) Dicha sentencia dice así: AION SALC. y A. y NATELCO SALC. v. EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES