Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-
18/02/2003
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 387
ID: fallos_387_38
Jueces
Petracchi
Belluscio
Nazareno
Vázquez
Voces / Materias
CONSTITUCION NACIONAL
Normas Citadas
ley 18.037
Texto del Fallo
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de febrero de 2003.
Autos y Vistos:
Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-
rador Fiscal, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara
que deberá entender en la causa en la que se originó el presente inci-
dente, el Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial de
Quilmes, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. Hágase sa-
ber al Juzgado Federal Nº 3 de La Plata.
JULIO S. NAZARENO — EDUARDO MOLINÉ O’CONNOR — AUGUSTO CÉSAR
BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.
VICENTE BATTAGLIA V. ANSES
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes na-
cionales.
Son inconstitucionales las normas nacionales de jubilaciones y pensiones cuya
aplicación provoque una disminución de la prestación superior al 15%.
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes na-
cionales.
La ausencia de prueba del menoscabo concreto que podría haber ocasionado la
aplicación del sistema de topes máximos, obsta a la declaración de inconstitu-
cionalidad del art. 55 de la ley 18.037.