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Radiología de la Morgue Judicial, incluyendo garantía y

22/04/2022 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
CIVIL

Voces / Materias

CONTRATO

Normas Citadas

decreto 5720/72 decreto nº 5720/72 resolución n° 507 resolución nº 1562

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto que por las presentes actuaciones tramita la provisión, instalación y puesta en marcha del sistema de digitalización, archivo y distribución de imágenes médicas producidas por el Servicio de Radiología de la Morgue Judicial, incluyendo garantía y mantenimiento preventivo, correctivo e integral por el término de doce (12) meses a partir de su efectiva puesta en marcha; y Considerando: Que de acuerdo a la autorización conferida mediante resolución n° 507/2022 (conf. fs. 933) la Dirección de Administración convocó la licitación pública, efectuando las publicaciones ordenadas los días 11, 12, 13, 18, 19, 20, 21 y 22 de abril de 2022 (conf. fs. 945/946, 953 y 958/962), e incluyéndose fs. 1118/1646 su acta de apertura y las ofertas recibidas; como así también fs. 1673 el cuadro comparativo de precios. Que a fs. 1674 la Dirección de Administración informa que las firmas que presentaron cotización no han sido pasibles de penalidades con motivo de contratos celebrados con el Poder Judicial de la Nación. Que a fs. 1815 se expidió la Comisión de Preadjudicaciones contemplando en los aspectos técnicos los informes agregados a fs. 1750 por el Servicio de Radiología de la RESOLUCION N 2261/2022 EXPEDIENTE N 7454/2016 Buenos Aires, 8 de septiembre de 2022.- Morgue Judicial y a fs. 1814 por la Dirección de Sistemas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitiendo el dictamen nº 200/2022. Que la oferta n° 1 “AGIMED S.R.L.” ha efectuado una presentación (ver fs. 1827/1828), y a fs. 1834 se expidió la Comisión de Preadjudicaciones emitiendo la providencia n° 35/22, contemplando en los aspectos técnicos el informe agregado a fs. 1833 por la Dirección de Sistemas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aconsejando no hacer lugar a la presentación planteada y ratificando el mencionado dictamen n° 200/2022 por los fundamentos allí invocados. Que se ha cumplido con la publicación establecida por el artículo 61, inciso 78°) del decreto 5720/72 (ver. fs. 1836), y vencido el plazo no se han producido impugnaciones. Que, a fs. 1849, ha tomado debida intervención la Asesoría Jurídica de la Dirección Jurídica General, emitiendo opinión favorable. Que dicho procedimiento encuadró en el artículo 55º del régimen establecido en el decreto nº 5720/72 adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la Nación (resolución nº 1562/2000). Por ello, SE RESUELVE: 1°) Desestimar las ofertas n° 1 “AGIMED S.R.L.” (base y alternativa)¸ n° 2 “MACOR INSUMOS HOSPITALARIOS S.R.L.”; n° 3 “EURO SWISS S.A.” y n° 4 “GRIENSU S.A.” -por no cumplir con lo exigido en el pliego de bases y condiciones- hardware Corte Suprema de Justicia de la Nación del servidor- (ver fs. 913). 2°) Desestimar las ofertas n° 2 “MACOR INSUMOS HOSPITALARIOS S.R.L.” y n° 3 “EURO SWISS S.A.”, -por precio no equitativo-. 3°) Declarar fracasada la licitación pública n° 82/2022 -por falta de ofertas admisibles y convenientes- y autorizar a la Dirección de Administración a realizar los trámites necesarios a fin de lograr su provisión. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese a la Dirección de Administración. MDV Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis