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I. Que la magistrada a cargo del Juzgado Nacional de

13/06/2025 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación Vistos los autos de referencia, y CONSIDERANDO: I. Que la magistrada a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 81, Dra. Samanta Claudia Biscardi, solicita que se le conceda licencia del 26 de mayo al 13 de junio de 2025, a fin de concurrir al curso de la Academy of Human Rights and Humanitarian Law de la American University Washington College of Law, en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América. II. Que ha tomado intervención el Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sin formular objeciones toda vez que no se vería afectada la correcta prestación del servicio de justicia. III. Que el período requerido excede el plazo de diez días establecido por acordada n° 20/2016, por lo que, teniendo en cuenta los motivos invocados, corresponde en forma excepcional encuadrar el excedente en los términos del artículo 11 del Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional. IV. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas en los artículos 11 y 31 del R.L.M.F.E.J.N. Por ello, SE RESUELVE: RESOLUCION CSJN Nº 260/2025 EXPEDIENTE Nº 556/2025 Buenos Aires, 19 de marzo de 2025.- 1°) Considerar en uso de licencia con goce de haberes, del 26 al 30 de mayo y del 2 al 6 de junio de 2025, a la magistrada a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 81, Dra. Samanta Claudia Biscardi, en los términos del artículo 31 del Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional. 2°) Considerar en uso de licencia con goce de haberes del 9 al 13 de junio de 2025, a la citada magistrada en los términos del artículo 11 del Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional. Regístrese, hágase saber y oportunamente archívese.- Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis Firmado Digitalmente por GARCIA MANSILLA Manuel Jose