CANTIDAD DE DIAS
23/06/2022
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Cited Norms
Resolución N° 507
Ruling Text
PUBLICADO
lEN CARTELERA
DESDE «colza
CANTIDAD DE DIAS
0/70.
<13ci fr,/
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
m'onod,
v..2.12.1.12
DICTAMEN N° 200/22
C.6040/22
Com. de Preadiudicaciones
Expediente n° 7454/16 - C.S.J.N.
Resolución N° 507/22
Buenos Aires, 23
de junio de 2022
Visto el presente expediente n° 7454/16, por el que tramita la
licitación pública n° 82/22, a los efectos de contratar la provisión, instalación
y puesta en marcha del sistema de digitalización, archivo y distribución de
imágenes médicas producidas por el Servicio de Radiología de la Morgue Judicial,
incluyendo garantía y mantenimiento preventivo, correctivo e integral por el
término de doce (12) meses a partir de su efectiva puesta en marcha, esta Comisión
-previa confección del cuadro comparativo de precios a fojas 1683- manifiesta:
A la convocatoria en trámite se presentan cuatro ofertas: n° 1 'Agimed
S.A.' y n° 4
S.R.L.', n° 2 'Macar
'Griensu S.A.'
'A
Radiología de
Insumos Hospitalarios
obra el informe
Judicial en su
S.R.L.', n° 3 'Euro Swiss
técnico elaborado por el Servicio de
carácter de Organismo Técnico Asesor
fojas 1750
la Morgue
manifestándose respecto de la admisibilidad técnica (exceptuando Hardware del
Servidor -punto 6 del Pliego de Bases y Condiciones-) y a la equidad
correspondiente de las ofertas participantes.
El informe técnico indica: "los elementos ofrecidos por las ofertas n°
1 AGIMED S.R.L. y n° 4 GRIENSU S.A. se ajustan a los requisitos y especificaciones
técnicas solicitados en el pliego de bases y condiciones, resultando técnicamente
admisibles.".
Con fecha 9 de junio ppdo., se solicitó a la Dirección General de
Sistemas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación tenga a bien comisionar al
personal técnico con competencia en la materia tratada en el presente acto
licitatorio para llevar a cabo la evaluación de las propuestas para el punto 6 del
pliego de bases y condiciones 'Hardware del Servidor', obrando a fojas 1691 la
designación correspondiente.
A fojas 1814 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de
Sistemas del Alto Tribunal, indicando respecto de la oferta n° 1 'Agimed S.R.L.':
"Respecto 6 (HARDWARE DEL SERVIDOR): Fojas 1172 y 1755 - No cumple con el tipo de
sistema operativo solicitado en el pliego de bases y condiciones punto 6. Ofrece
Windows 10 pro y se requiere' Windows Server última versión estable."
En relación a la oferta n° 2 'Macor Insumos Hospitalarios S.R.L.'
indica: "Respecto 6 (HARDWARE DEL SERVIDOR) Fojas 1352 a 1354 y 1756 a 1764. No
VVelt
VOCAL
toral slen de Pret4011Wajdddle
PODER JUDICIAL ve LA HACION
7-1-3
Dia Liba"
t
;rirár
ili
vniti ra-
, 5
dz, r
poúa4 Judicial de
icau,ari
N. D!EGO L
PRES,Datil'ir
Comisión de Presdp.nc.rus
3PS11 JUDICiál DE L4WÁc,OW
cumple con lo solicitado en referencia a memoria disponible con lo mínimo
requerido en la oferta. Se ofrece 16GB de Ram y requieren 32GB de Ram como mínimo.
Solícita DVD-ROM, Mouse y Teclado que no están disponibles en el entorno virtual
ofrecido. El sistema operativo es Windows 2019 Server y se solicita la última
versión estable."
Respecto a la oferta n° 3 'Euro Swiss S.A.' manifiesta: "Respecto 6
(HARDWARE DEL SERVIDOR): Fojas 1765 a 1811 No cumple con lo solicitado en
referencia a memoria disponible con lo mínimo requerido en la oferta. Se ofrecen
16GB y requieren 46GB como mínimo."
Sobre la oferta n° 4 'Griensu S.A.' señala: "Respecto 6 (HARDWARE DEL
SERVIDOR): Fojas 1812 a 1813. No cumple con lo solicitado en el pliego de bases y
condiciones. La versión del sistema operativo no es la última versión estable. Se
ofrece Windows Server 2016 y se requiere la ultima versión estable.".
Finalizando su análisis, la Dirección General de Sistemas concluye :
"ninguna de las ofertas 1 a 9 resultan técnicamente admisibles para el
cumplimiento del punto 6 del pliego de bases y condiciones.".
Atento el tiempo transcurrido entre la fecha de la estimación
presupuestaria'obrante a fs. 822 y la fecha de apertura de ofertas, se procedió a
actualizar la misma -para mejor proveer ver fojas 1688-.
Al respecto, el Servicio de Radiología manifiesta en su informe
técnico: "las propuestas presentadas por las ofertas n° 2 MARCOR INSUMOS
HOSPITALARIOS S.R.L. y n° 3 EURO SWISS S.A. exceden los precios de mercado". Por
otra parte indica respecto de las ofertas n° 1 'Agimed S.R.L.' y n° 4 'Griensu
S.A.': "los valores recibidos guardan una adecuada relación con aquellos que
pueden ser considerados equitativos de mercado, y resultan convenientes respecto
al nuevo valor referencial obrante a fojas 1688."
Por tod4o expuesto se resuelve aconsejar:
c's) 1°)Deséstlmar las ofertas n° 1 'Agimed S.R.L.' -base y alternativa-,
n° 2 UMacor InómO's Hospitalarios S.R.L.', n° 3 'Euro Swiss S.A.' y n° 9
:'Griensu S.A.'
S.A.' pós- lOs motivos expuestos precedentemente.
2°) Declara_r fracasada la presente licitación por falta de ofertas
C--)
admisiblewy conveniehtes.
•
Devuélvasezy). 1a
tfl
or,
Jus.f1,j'cia de la_Nación.
Dirección de Administración de la Corte Suprema de
Download Original PDF
(0.1 MB)