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CANTIDAD DE DIAS

23/06/2022 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
COMPETENCIA

Keywords / Subjects

COMPETENCIA

Cited Norms

Resolución N° 507

Ruling Text

PUBLICADO lEN CARTELERA DESDE «colza CANTIDAD DE DIAS 0/70. <13ci fr,/ CONSEJO DE LA MAGISTRATURA PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN m'onod, v..2.12.1.12 DICTAMEN N° 200/22 C.6040/22 Com. de Preadiudicaciones Expediente n° 7454/16 - C.S.J.N. Resolución N° 507/22 Buenos Aires, 23 de junio de 2022 Visto el presente expediente n° 7454/16, por el que tramita la licitación pública n° 82/22, a los efectos de contratar la provisión, instalación y puesta en marcha del sistema de digitalización, archivo y distribución de imágenes médicas producidas por el Servicio de Radiología de la Morgue Judicial, incluyendo garantía y mantenimiento preventivo, correctivo e integral por el término de doce (12) meses a partir de su efectiva puesta en marcha, esta Comisión -previa confección del cuadro comparativo de precios a fojas 1683- manifiesta: A la convocatoria en trámite se presentan cuatro ofertas: n° 1 'Agimed S.A.' y n° 4 S.R.L.', n° 2 'Macar 'Griensu S.A.' 'A Radiología de Insumos Hospitalarios obra el informe Judicial en su S.R.L.', n° 3 'Euro Swiss técnico elaborado por el Servicio de carácter de Organismo Técnico Asesor fojas 1750 la Morgue manifestándose respecto de la admisibilidad técnica (exceptuando Hardware del Servidor -punto 6 del Pliego de Bases y Condiciones-) y a la equidad correspondiente de las ofertas participantes. El informe técnico indica: "los elementos ofrecidos por las ofertas n° 1 AGIMED S.R.L. y n° 4 GRIENSU S.A. se ajustan a los requisitos y especificaciones técnicas solicitados en el pliego de bases y condiciones, resultando técnicamente admisibles.". Con fecha 9 de junio ppdo., se solicitó a la Dirección General de Sistemas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación tenga a bien comisionar al personal técnico con competencia en la materia tratada en el presente acto licitatorio para llevar a cabo la evaluación de las propuestas para el punto 6 del pliego de bases y condiciones 'Hardware del Servidor', obrando a fojas 1691 la designación correspondiente. A fojas 1814 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Sistemas del Alto Tribunal, indicando respecto de la oferta n° 1 'Agimed S.R.L.': "Respecto 6 (HARDWARE DEL SERVIDOR): Fojas 1172 y 1755 - No cumple con el tipo de sistema operativo solicitado en el pliego de bases y condiciones punto 6. Ofrece Windows 10 pro y se requiere' Windows Server última versión estable." En relación a la oferta n° 2 'Macor Insumos Hospitalarios S.R.L.' indica: "Respecto 6 (HARDWARE DEL SERVIDOR) Fojas 1352 a 1354 y 1756 a 1764. No VVelt VOCAL toral slen de Pret4011Wajdddle PODER JUDICIAL ve LA HACION 7-1-3 Dia Liba" t ;rirár ili vniti ra- , 5 dz, r poúa4 Judicial de icau,ari N. D!EGO L PRES,Datil'ir Comisión de Presdp.nc.rus 3PS11 JUDICiál DE L4WÁc,OW cumple con lo solicitado en referencia a memoria disponible con lo mínimo requerido en la oferta. Se ofrece 16GB de Ram y requieren 32GB de Ram como mínimo. Solícita DVD-ROM, Mouse y Teclado que no están disponibles en el entorno virtual ofrecido. El sistema operativo es Windows 2019 Server y se solicita la última versión estable." Respecto a la oferta n° 3 'Euro Swiss S.A.' manifiesta: "Respecto 6 (HARDWARE DEL SERVIDOR): Fojas 1765 a 1811 No cumple con lo solicitado en referencia a memoria disponible con lo mínimo requerido en la oferta. Se ofrecen 16GB y requieren 46GB como mínimo." Sobre la oferta n° 4 'Griensu S.A.' señala: "Respecto 6 (HARDWARE DEL SERVIDOR): Fojas 1812 a 1813. No cumple con lo solicitado en el pliego de bases y condiciones. La versión del sistema operativo no es la última versión estable. Se ofrece Windows Server 2016 y se requiere la ultima versión estable.". Finalizando su análisis, la Dirección General de Sistemas concluye : "ninguna de las ofertas 1 a 9 resultan técnicamente admisibles para el cumplimiento del punto 6 del pliego de bases y condiciones.". Atento el tiempo transcurrido entre la fecha de la estimación presupuestaria'obrante a fs. 822 y la fecha de apertura de ofertas, se procedió a actualizar la misma -para mejor proveer ver fojas 1688-. Al respecto, el Servicio de Radiología manifiesta en su informe técnico: "las propuestas presentadas por las ofertas n° 2 MARCOR INSUMOS HOSPITALARIOS S.R.L. y n° 3 EURO SWISS S.A. exceden los precios de mercado". Por otra parte indica respecto de las ofertas n° 1 'Agimed S.R.L.' y n° 4 'Griensu S.A.': "los valores recibidos guardan una adecuada relación con aquellos que pueden ser considerados equitativos de mercado, y resultan convenientes respecto al nuevo valor referencial obrante a fojas 1688." Por tod4o expuesto se resuelve aconsejar: c's) 1°)Deséstlmar las ofertas n° 1 'Agimed S.R.L.' -base y alternativa-, n° 2 UMacor InómO's Hospitalarios S.R.L.', n° 3 'Euro Swiss S.A.' y n° 9 :'Griensu S.A.' S.A.' pós- lOs motivos expuestos precedentemente. 2°) Declara_r fracasada la presente licitación por falta de ofertas C--) admisiblewy conveniehtes. • Devuélvasezy). 1a tfl or, Jus.f1,j'cia de la_Nación. Dirección de Administración de la Corte Suprema de