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Los Señores Ministros que suscriben la presente,

03/07/2023 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
COMPETENCIA

Keywords / Subjects

EJECUCIÓN COMPETENCIA TASA

Cited Norms

ley 23.853 Acordada 22/2023

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación Los Señores Ministros que suscriben la presente, CONSIDERARON: Que en uso de las facultades conferidas por el art. 8 de la ley 23.853, mediante acordadas 13/97 y 27/01 esta Corte aranceló la ejecución de los dictámenes periciales realizados por los Cuerpos Periciales del Tribunal. Que mediante Acordada 22/2023, de fecha 3 de julio de 2023, se efectuó la última modificación. Que en virtud del tiempo transcurrido desde la última adecuación, deviene oportuno que este Tribunal proceda a efectuar una adecuación de la suma dineraria allí dispuesta, sobre la base de una apreciación atenta de la realidad, semejante a la llevada a cabo por este Tribunal al ejercer esta competencia en otros casos que guardan una sustancial analogía (cfr. Acordadas 44/2016, 5/2021, 15/2022, entre otras) Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado debida intervención. Por ello, ACORDARON: 1º) Fijar el arancel para la realización de los dictámenes periciales efectuados por el Cuerpo Médico ACORDADA Nº 24/2024 EXPEDIENTE Nº 3353/2024 Buenos Aires, 18 de junio de 2024.- Forense, Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales, Cuerpo de Peritos Calígrafos Oficiales y Peritos Tasadores, en la suma de pesos treinta y seis mil ($ 36.000), ello de conformidad con lo dispuesto en las Acordadas 13/97 y 27/01. 2°) Mantener la vigencia de los diferimientos y exenciones de pago del arancel dispuesto en el punto 1° de la presente, determinados mediante Acordadas 13/97 y 40/97. 3°) Disponer la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, a partir de la cual entrará vigente el presente arancel.. Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunique; se publique en la página oficial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en el Boletín Oficial de la República Argentina; y se registre en el libro correspondiente, de lo que doy fe. Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis Firmado Digitalmente por PRATAVIERA Gerardo Gabriel