Independencia Nacional
15/07/2016
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Cited Norms
Decreto N° 5720/72
Resolución N° 712
Resolución 1562
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Año del Bicentenario de la Declaración de la
Independencia Nacional
VISTO:
Que por las presentes actuaciones tramita la solicitud de una partida especial para
la realización de una rinofibrolaringoscopia para la elaboración de una pericia en el marco
de la Investigación Fiscal I-07-31187/2016 que tramita ante la Fiscalía N° 7 de Primera
Instancia en lo Criminal de Instrucción.; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/8, obran los diferentes presupuestos y la solicitud mencionada en el
visto efectuada por el Cuerpo Médico Forense de la Dirección Pericial, aclarando que
dichos estudios no se encuentran amparados por los convenios vigentes con los actuales
prestadores, y que el Instituto Superior de Otorrinolaringología presenta el presupuesto
con costos equitativos y a valores de mercado, y responde técnicamente a lo requerido.
Que a fs. 9, la Dirección Pericial toma la debida intervención, prestando
conformidad a lo solicitado.
Que a fojas 11, el Departamento de Contabilidad y Presupuesto efectuó la reserva
de fondos con cargo al presente ejercicio financiero.
Por ello, y de acuerdo a las atribuciones conferidas mediante Resolución N° 712/11; SE
RESUELVE:
1°) Autorizar a liquidar y abonar a la Dirección Pericial una partida especial de
pesos novecientos ochenta ($ 980.-).
2º) La presente contratación deberá ajustarse a lo establecido por el artículo 56,
inciso 3°, apartado a) del régimen establecido en el Decreto N° 5720/72, y el artículo 62
de la citada norma legal en su inciso 10° adoptado por el tribunal para las contrataciones
del Poder Judicial de la Nación (Resolución 1562/2000). La presente partida se somete la
RESOLUCION DA Nº 2083/2016 EXPEDIENTE N° 4190/2016
Buenos Aires, 15 de julio de 2016.-
respectiva rendición de cuenta, debiéndose imputar la cuenta “05-05-00-00-01-0002-3-4-
2-00000-1-1.3” del ejercicio financiero vigente.
Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación en internet, y gírese a los Departamentos de Contabilidad y Presupuesto y
Liquidaciones respectivamente.
SR
Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria
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