ESSO Petrolera Argentina S.R.L. c Municipalidad
15/05/2019
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PROCESAL_EVIDENCIA
Normas Citadas
acordada
30/2007
acordada 7/2013
acordada
7/2013
acordada 30/2007
acordada 7/2013
Texto del Fallo
CSJ 1533/2017/RH1
ESSO Petrolera Argentina S.R.L. c/ Municipalidad
de Quilmes s/ acción contencioso administrativa.
PYIrctoid4i
Buenos Aires, Ait CLI 42,144.¿e 02-L 2019.
Autos y Vistos:
De conformidad con lo establecido en la acordada
30/2007, fíjase audiencia pública con finalidad informativa para
el día 29 de mayo, a las 10 horas, en la sala ubicada en el
cuarto piso del Palacio de Justicia.
A dicho evento serán convocadas las partes a fin de
que tomen la intervención que les corresponde, según el alcance
definido en la acordada indicada.
Habilítase la participación de los Amigos del
Tribunal de conformidad con lo previsto en el reglamento
aprobado por la acordada 7/2013, estableciendo el plazo de 30
días para efectuar las presentaciones correspondientes, que
fenecerá el 15 de mayo de 2019.
Invítese a participar al acto al señor Procurador
General de la Nación.
Instrúyese a la Secretaría interviniente para que
tome las medidas necesarias y apropiadas para el mejor
cumplimiento del acto procesal de que se trata y para llevar a
cabo eficazmente el procedimiento establecido en la acordada
7/2013. Notifíquese y comuníquese al señor Procurador General de
la Nación.
-1-
ELENA I. HIGHTON de NOLASCO
#30342828#231844467#20190411131514681
Corte Suprema de Justicia de la Nación
1533/2017
Buenos Aires, de abril de 2019.-
1. En orden a la intervención dada al
infrascripto por la señora Vicepresidenta del
Tribunal y a las instrucciones impartidas, hágase
saber la audiencia fijada a la Secretaría de
Desarrollo Institucional –Dirección de Comunicación
y Gobierno Abierto-, a las Direcciones de Seguridad,
Sistemas y de Gestión Interna y Habilitación, a fin
de que tomen la intervención que les corresponde en
el marco de sus atribuciones respectivas, para mejor
realización del acto y de lo dispuesto en la
acordada 30/2007. Líbrense oficios con copia de la
providencia que antecede y de la presente.
2. Asimismo, corresponde hacer saber
a las partes que deberán: a) denunciar en la causa,
hasta el 10 de mayo de 2019, los datos de identidad
de las personas que asistirían al acto en
representación o acompañando a cada parte, hasta un
máximo de diez asistentes, incluyendo a los letrados
y al orador; b) hacer saber de igual modo los datos
de identidad del orador que efectuará la alegación
ante el Tribunal; c) concurrir a la sala de
audiencia -ubicada en el cuarto piso del Palacio de
Justicia- con una anticipación no menor a quince
minutos a la hora fijada para el comienzo del acto;
Fecha de firma: 11/04/2019
Firmado por: GUSTAVO JOSÉ NAVEIRA DE CASANOVA
#30342828#231844467#20190411131514681
d) presentar el resumen escrito que prevé el punto
6° de la acordada citada, hasta el 22 de mayo de
2019, el que deberá consistir en una exposición
sinóptica, cuya extensión no superará las cuatro
páginas.
3. Asimismo, se hace saber a las
partes que el 20 de mayo de 2019, a las 11 horas, se
realizará en esta Secretaría Judicial n° 7 (oficina
3036), una reunión con quienes alegarán ante el
Tribunal, o sus letrados respectivos, a fin de
evacuar todas las consultas que se formulen con
respecto a la audiencia designada.
4. Procédase a incluir el presente
asunto en la lista prevista en el art. 7° del
Reglamento sobre Intervención de Amigos del Tribunal
de la acordada 7/2013, junto con una exposición
sinóptica de las cuestiones que se pretende someter
a examen y decisión del Tribunal, indicando que la
causa podrá ser consultada en esta Secretaría
Judicial n° 7 (oficina 3036) y que el plazo para la
realización de las presentaciones fenecerá el 15 de
mayo de 2019. Notifíquese por cédula a diligenciarse
en el domicilio electrónico de todas las entidades
inscriptas en el registro de Amigos del Tribunal
creado por el reglamento aprobado por la acordada
7/2013.
Fecha de firma: 11/04/2019
Firmado por: GUSTAVO JOSÉ NAVEIRA DE CASANOVA
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