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ESSO Petrolera Argentina S.R.L. c Municipalidad

15/05/2019 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
PROCESAL_EVIDENCIA

Cited Norms

acordada 30/2007 acordada 7/2013 acordada 7/2013 acordada 30/2007 acordada 7/2013

Ruling Text

CSJ 1533/2017/RH1 ESSO Petrolera Argentina S.R.L. c/ Municipalidad de Quilmes s/ acción contencioso administrativa. PYIrctoid4i Buenos Aires, Ait CLI 42,144.¿e 02-L 2019. Autos y Vistos: De conformidad con lo establecido en la acordada 30/2007, fíjase audiencia pública con finalidad informativa para el día 29 de mayo, a las 10 horas, en la sala ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia. A dicho evento serán convocadas las partes a fin de que tomen la intervención que les corresponde, según el alcance definido en la acordada indicada. Habilítase la participación de los Amigos del Tribunal de conformidad con lo previsto en el reglamento aprobado por la acordada 7/2013, estableciendo el plazo de 30 días para efectuar las presentaciones correspondientes, que fenecerá el 15 de mayo de 2019. Invítese a participar al acto al señor Procurador General de la Nación. Instrúyese a la Secretaría interviniente para que tome las medidas necesarias y apropiadas para el mejor cumplimiento del acto procesal de que se trata y para llevar a cabo eficazmente el procedimiento establecido en la acordada 7/2013. Notifíquese y comuníquese al señor Procurador General de la Nación. -1- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO #30342828#231844467#20190411131514681 Corte Suprema de Justicia de la Nación 1533/2017 Buenos Aires, de abril de 2019.- 1. En orden a la intervención dada al infrascripto por la señora Vicepresidenta del Tribunal y a las instrucciones impartidas, hágase saber la audiencia fijada a la Secretaría de Desarrollo Institucional –Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto-, a las Direcciones de Seguridad, Sistemas y de Gestión Interna y Habilitación, a fin de que tomen la intervención que les corresponde en el marco de sus atribuciones respectivas, para mejor realización del acto y de lo dispuesto en la acordada 30/2007. Líbrense oficios con copia de la providencia que antecede y de la presente. 2. Asimismo, corresponde hacer saber a las partes que deberán: a) denunciar en la causa, hasta el 10 de mayo de 2019, los datos de identidad de las personas que asistirían al acto en representación o acompañando a cada parte, hasta un máximo de diez asistentes, incluyendo a los letrados y al orador; b) hacer saber de igual modo los datos de identidad del orador que efectuará la alegación ante el Tribunal; c) concurrir a la sala de audiencia -ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia- con una anticipación no menor a quince minutos a la hora fijada para el comienzo del acto; Fecha de firma: 11/04/2019 Firmado por: GUSTAVO JOSÉ NAVEIRA DE CASANOVA #30342828#231844467#20190411131514681 d) presentar el resumen escrito que prevé el punto 6° de la acordada citada, hasta el 22 de mayo de 2019, el que deberá consistir en una exposición sinóptica, cuya extensión no superará las cuatro páginas. 3. Asimismo, se hace saber a las partes que el 20 de mayo de 2019, a las 11 horas, se realizará en esta Secretaría Judicial n° 7 (oficina 3036), una reunión con quienes alegarán ante el Tribunal, o sus letrados respectivos, a fin de evacuar todas las consultas que se formulen con respecto a la audiencia designada. 4. Procédase a incluir el presente asunto en la lista prevista en el art. 7° del Reglamento sobre Intervención de Amigos del Tribunal de la acordada 7/2013, junto con una exposición sinóptica de las cuestiones que se pretende someter a examen y decisión del Tribunal, indicando que la causa podrá ser consultada en esta Secretaría Judicial n° 7 (oficina 3036) y que el plazo para la realización de las presentaciones fenecerá el 15 de mayo de 2019. Notifíquese por cédula a diligenciarse en el domicilio electrónico de todas las entidades inscriptas en el registro de Amigos del Tribunal creado por el reglamento aprobado por la acordada 7/2013. Fecha de firma: 11/04/2019 Firmado por: GUSTAVO JOSÉ NAVEIRA DE CASANOVA