← Back to results

Independencia Nacional

06/12/2022 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
PROCESAL_EVIDENCIA

Cited Norms

resolución 3294

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Vistos los autos de referencia, y CONSIDERANDO: I. Que el escribiente del Juzgado Nacional de Menores N° 6, doctor Ignacio Eliseo Manso Braña, interpone recurso de reconsideración contra la resolución del Tribunal n° 2641/2023 que rechazó varias avocaciones planteadas contra diversos decisorios de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en los que se habían dispuesto distintos ascensos en la Sala IV del fuero, lugar donde se desempeñaba con anterioridad a las sucesivas adscripciones al mencionado juzgado desde diciembre de 2017 y al traslado definitivo ordenado mediante resolución 3294/2022 del 6 de diciembre de 2022 (fs. 251/258). II. Que el peticionario no aporta ningún elemento de juicio novedoso que logre enervar aquellos que sirvieron de fundamento a la resolución cuya impugnación pretende, la cual se cimentó en la inexistencia RESOLUCION CSJN Nº 1725/2024 EXPEDIENTE Nº 1890/2017 Buenos Aires, 3 de julio de 2024.- de las causales que tradicionalmente tornan procedente la avocación de este Tribunal (v.gr. extralimitación o arbitrariedad en el ejercicio de las facultades de superintendencia por parte de las cámaras de apelaciones; que se evidencie un claro apartamiento de la normativa general dispuesta por el Tribunal o razones de superintendencia general la tornen necesaria -conf. Fallos 244:243; 268:20; 300:680; 320:755; 322:612; 327:1171; 328:3845; 329:2944; entre muchos otros-). Por ello, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el agente Ignacio Eliseo Manso Braña. Regístrese, hágase saber al interesado por intermedio de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional y, oportunamente, archívese.- Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis