Que por orden de compra nº 120 2022 y 6 2023 conf. fs. 3 4 y
04/05/2023
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Keywords / Subjects
IMPUESTO
Cited Norms
decreto n° 5720/72
resolución n° 203
resolución n° 401
resolución n° 637
resolución nº 1562
resolución n° 1455
resolución nº 637
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto que por las presentes actuaciones tramita la contratación del
servicio de telefonía básica, acceso troncales digitales, servicios especiales de voz
y tráfico telefónico para la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el término
de doce (12) meses; y
Considerando:
Que por orden de compra nº 120/2022 y 6/2023 (conf. fs. 3/4 y
191/196) se contrató el servicio de referencia con la firma “TELEFONICA DE
ARGENTINA S.A.”.
Que mediante resolución n° 203/2018 del Ministerio de
Modernización (conf. fs. 14/19) se ha aprobado el régimen de portabilidad
numérica para el servicio de telefonía fija, cuyo cronograma de implementación
fue prorrogado mediante resolución n° 401/2018 del citado Ministerio (conf. fs.
20/24) y resoluciones n° 1509/2020, 32/2022, 1514/2022 y 1648/2022 del Ente
Nacional de Comunicaciones (conf. fs. 25/33 y 48/114), habiendo transcurrido
los plazos para operativizar dicha portabilidad para la telefonía fija de acuerdo a
las resoluciones mencionadas (ver fs. 150), no obstante ello a fs. 209/211 y
223/224 obran constancias de la imposibilidad de obtener cotizaciones de otros
prestadores en el marco de la portabilidad numérica.
Que en atención a que resulta imprescindible renovar el servicio en
las mismas condiciones vigentes y manteniendo la actual numeración telefónica,
RESOLUCION SGA Nº 884/2023 EXPEDIENTE Nº 2425/2022
Buenos Aires, 4 de mayo de 2023.-
hasta tanto se concrete y se efectivice la licitación correspondiente, la Dirección
de Sistemas del Tribunal recomienda a fs. 12, 149, 157 y 228 la contratación del
mismo con la actual prestataria “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.”,
adjuntando el presupuesto pertinente (conf. fs. 181/182 y 238/242), otorgando a
fs. 251 conformidad del mismo.
Que de la información agregada a fs. 214/222 surge que la firma
“TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.” ha sido pasible de penalidades en el
ámbito del Consejo de la Magistratura. No obstante ello, la citada Dirección
aconseja a fs. 228 hacer uso de la excepción establecida en la resolución n° 637/94
del Tribunal.
Que la Dirección de Administración a fs. 186/187 efectuó la reserva
de fondos con cargo a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio
financiero pertinente.
Que, a fs. 266, ha tomado debida intervención de la Dirección de
Asuntos Jurídicos, emitiendo opinión favorable.
Que dicho procedimiento encuadra en el artículo 56, inciso 3°,
apartado d) del régimen establecido en el decreto n° 5720/72 y el artículo 62 de
la citada norma legal en su inciso 10° adoptado por el Tribunal para las
contrataciones del Poder Judicial de la Nación (resolución nº 1562/2000 y
34/2023).
Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas mediante la
resolución n° 1455/22, SE RESUELVE:
1º) Contratar con la firma “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.”
-en los términos de la resolución nº 637/94 del Tribunal- el servicio de telefonía
básica, acceso troncales digitales, servicios especiales de voz y tráfico telefónico
para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el término de doce (12) meses,
por la suma total de pesos diez millones cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos
setenta y uno con cincuenta y seis centavos ($10.472.671,56.-), a razón de pesos
mensuales ochocientos setenta y dos mil setecientos veintidós con sesenta y tres
centavos ($ 872.722,63), en concepto de cargos fijos, -que incluye ciento
cincuenta y tres (153) líneas básicas, diez (10) ATD con líneas de telefonía básica
de back up, cuatro (4) LDX y paquetes de precompra de minutos-; autorizando la
emisión de la orden de compra correspondiente al período comprendido entre los
meses de mayo de 2023 y febrero de 2024, por la suma de ocho millones
setecientos veintisiete mil doscientos veintiséis con treinta centavos ($
8.727.226,30.-) y autorizando a imputar, liquidar y abonar los meses de marzo y
abril de 2023, por la suma de pesos un millón setecientos cuarenta y cinco mil
cuatrocientos cuarenta y cinco con veintiséis centavos ($ 1.745.445,26.-); más los
consumos excedentes que dichas líneas generen en concepto de cargos variables,
-que surjan de la facturación conformada- y los impuestos que correspondan, en
un todo de acuerdo al presupuesto de fs. 238/242 y 256/257.
2º) Imputar el cargo fijo involucrado a la cuenta presupuestaria
pertinente del ejercicio financiero que corresponda, previo a la emisión de la
respectiva orden de compra, así como los cargos variables e impuestos
considerados, según la facturación que se conforme de acuerdo a la prestación del
servicio, en los ejercicios financieros que correspondan.
Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación en internet, y gírese a la Dirección de Administración.
MCC/G.D.F.
Firmado Digitalmente por FONT Damian Ignacio
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