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Que por orden de compra nº 120 2022 y 6 2023 conf. fs. 3 4 y

04/05/2023 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
TRIBUTARIO_FISCAL

Voces / Materias

IMPUESTO

Normas Citadas

decreto n° 5720/72 resolución n° 203 resolución n° 401 resolución n° 637 resolución nº 1562 resolución n° 1455 resolución nº 637

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto que por las presentes actuaciones tramita la contratación del servicio de telefonía básica, acceso troncales digitales, servicios especiales de voz y tráfico telefónico para la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el término de doce (12) meses; y Considerando: Que por orden de compra nº 120/2022 y 6/2023 (conf. fs. 3/4 y 191/196) se contrató el servicio de referencia con la firma “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.”. Que mediante resolución n° 203/2018 del Ministerio de Modernización (conf. fs. 14/19) se ha aprobado el régimen de portabilidad numérica para el servicio de telefonía fija, cuyo cronograma de implementación fue prorrogado mediante resolución n° 401/2018 del citado Ministerio (conf. fs. 20/24) y resoluciones n° 1509/2020, 32/2022, 1514/2022 y 1648/2022 del Ente Nacional de Comunicaciones (conf. fs. 25/33 y 48/114), habiendo transcurrido los plazos para operativizar dicha portabilidad para la telefonía fija de acuerdo a las resoluciones mencionadas (ver fs. 150), no obstante ello a fs. 209/211 y 223/224 obran constancias de la imposibilidad de obtener cotizaciones de otros prestadores en el marco de la portabilidad numérica. Que en atención a que resulta imprescindible renovar el servicio en las mismas condiciones vigentes y manteniendo la actual numeración telefónica, RESOLUCION SGA Nº 884/2023 EXPEDIENTE Nº 2425/2022 Buenos Aires, 4 de mayo de 2023.- hasta tanto se concrete y se efectivice la licitación correspondiente, la Dirección de Sistemas del Tribunal recomienda a fs. 12, 149, 157 y 228 la contratación del mismo con la actual prestataria “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.”, adjuntando el presupuesto pertinente (conf. fs. 181/182 y 238/242), otorgando a fs. 251 conformidad del mismo. Que de la información agregada a fs. 214/222 surge que la firma “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.” ha sido pasible de penalidades en el ámbito del Consejo de la Magistratura. No obstante ello, la citada Dirección aconseja a fs. 228 hacer uso de la excepción establecida en la resolución n° 637/94 del Tribunal. Que la Dirección de Administración a fs. 186/187 efectuó la reserva de fondos con cargo a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio financiero pertinente. Que, a fs. 266, ha tomado debida intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos, emitiendo opinión favorable. Que dicho procedimiento encuadra en el artículo 56, inciso 3°, apartado d) del régimen establecido en el decreto n° 5720/72 y el artículo 62 de la citada norma legal en su inciso 10° adoptado por el Tribunal para las contrataciones del Poder Judicial de la Nación (resolución nº 1562/2000 y 34/2023). Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas mediante la resolución n° 1455/22, SE RESUELVE: 1º) Contratar con la firma “TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.” -en los términos de la resolución nº 637/94 del Tribunal- el servicio de telefonía básica, acceso troncales digitales, servicios especiales de voz y tráfico telefónico para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el término de doce (12) meses, por la suma total de pesos diez millones cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos setenta y uno con cincuenta y seis centavos ($10.472.671,56.-), a razón de pesos mensuales ochocientos setenta y dos mil setecientos veintidós con sesenta y tres centavos ($ 872.722,63), en concepto de cargos fijos, -que incluye ciento cincuenta y tres (153) líneas básicas, diez (10) ATD con líneas de telefonía básica de back up, cuatro (4) LDX y paquetes de precompra de minutos-; autorizando la emisión de la orden de compra correspondiente al período comprendido entre los meses de mayo de 2023 y febrero de 2024, por la suma de ocho millones setecientos veintisiete mil doscientos veintiséis con treinta centavos ($ 8.727.226,30.-) y autorizando a imputar, liquidar y abonar los meses de marzo y abril de 2023, por la suma de pesos un millón setecientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y cinco con veintiséis centavos ($ 1.745.445,26.-); más los consumos excedentes que dichas líneas generen en concepto de cargos variables, -que surjan de la facturación conformada- y los impuestos que correspondan, en un todo de acuerdo al presupuesto de fs. 238/242 y 256/257. 2º) Imputar el cargo fijo involucrado a la cuenta presupuestaria pertinente del ejercicio financiero que corresponda, previo a la emisión de la respectiva orden de compra, así como los cargos variables e impuestos considerados, según la facturación que se conforme de acuerdo a la prestación del servicio, en los ejercicios financieros que correspondan. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese a la Dirección de Administración. MCC/G.D.F. Firmado Digitalmente por FONT Damian Ignacio