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I. Que mediante Resolución DA n° 2027 2024 se contrató el

31/08/2026 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
TRIBUTARIO_FISCAL

Normas Citadas

acordada 20/2022

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto que por las presentes actuaciones tramita la suscripción al servicio de acceso a un diario –en formato on line- con destino a dependencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; y CONSIDERANDO: I. Que mediante Resolución DA n° 2027/2024 se contrató el servicio de referencia, según consta en act. 1. II. Que por act. 1/4 obran los antecedentes, la solicitud y la conformidad de la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto del Alto Tribunal. III. Que en act. 9 obra la constancia de reserva de fondos con cargo a la partida presupuestaria de los ejercicios financieros pertinentes. IV. Que ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos. Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas mediante resoluciones n° 1455/2022 y 302/2019 y en los términos de lo dispuesto en la acordada 20/2022, SE RESUELVE: 1°) Contratar la suscripción al servicio de acceso a un diario –formato on line- a partir del vencimiento del período contratado mediante Resolución DA n° 2027/2024 y hasta el 31 de agosto de 2026, con destino a dependencias de la Corte Suprema de RESOLUCION DA Nº 1807/2025 EXPEDIENTE Nº 1030/2025 Buenos Aires, 18 de agosto de 2025.- Justicia de la Nación, de acuerdo al precio, condiciones y modalidades de pago indicado en act. 4, y hasta la suma de pesos quinientos sesenta y tres mil cuarenta ($ 563.040.-) más la diferencia que pudiera surgir al momento de su efectivo pago. 2°) Autorizar a imputar, liquidar y abonar el presente gasto así como los consumos adicionales generados con cargo a la partida presupuestaria pertinente de los ejercicios financieros que correspondan. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese sucesivamente al Departamento de Contabilidad y Presupuesto y Departamento de Liquidaciones. AES/GP Firmado Digitalmente por ODASSO Carmen Maria