Que mediante Resoluciones 3276 2021 y 1389 2020, esta
20/03/2024
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Keywords / Subjects
BANCO
TASA
Cited Norms
ley 23.853
ley
23.853
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resoluciones 3276/2021 y 1389/2020, esta
Corte aprobó los convenios suscriptos con el Banco de la Ciudad de
Buenos Aires para la prestación del servicio de percepción de tasa de
justicia y otros recursos dispuestos en la ley 23.853.
Que el pago on line a través del Sistema de Pagos Judiciales es
una de las alternativas de percepción de los recursos contempladas
en los convenios suscriptos.
Que a fin de ampliar la utilización del sistema mencionado, el
Banco de la Ciudad de Buenos Aires propone la incorporación a la
plataforma de una nueva alternativa de pago y percepción.
Que el método propuesto cumple con los requisitos y
condiciones establecidos en los convenios vigentes aprobados por
Resoluciones 3276/2021 y 1389/2020.
Que corresponde celebrar una adenda a fin de que se
determinen las obligaciones concernientes a la implementación
propuesta, la cual tendrá la vigencia correspondiente a los convenios
mencionados anteriormente.
Que la presente se realiza en virtud de las facultades conferidas
por los artículos 8 y 9 de la ley 23.853.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos realiza la intervención
que le compete.
RESOLUCION Nº 552/2024 EXPEDIENTE Nº 6493/2012
Buenos Aires, 20 de marzo de 2024.-
Por ello,
SE RESUELVE:
Autorizar al señor Secretario General de Administración, en
representación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a
suscribir la adenda anexa, que por la presente se aprueba, de los
convenios suscriptos con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en
virtud de las Resoluciones 3276/2021 y 1389/2020 para la
percepción de tasa de justicia y otros recursos dispuestos en la ley
23.853.
Regístrese, comuníquese y publíquese en el Portal de Internet de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
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