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Que mediante Resoluciones 3276 2021 y 1389 2020, esta

20/03/2024 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
TRIBUTARIO_FISCAL

Voces / Materias

BANCO TASA

Normas Citadas

ley 23.853 ley 23.853

Texto del Fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones 3276/2021 y 1389/2020, esta Corte aprobó los convenios suscriptos con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires para la prestación del servicio de percepción de tasa de justicia y otros recursos dispuestos en la ley 23.853. Que el pago on line a través del Sistema de Pagos Judiciales es una de las alternativas de percepción de los recursos contempladas en los convenios suscriptos. Que a fin de ampliar la utilización del sistema mencionado, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires propone la incorporación a la plataforma de una nueva alternativa de pago y percepción. Que el método propuesto cumple con los requisitos y condiciones establecidos en los convenios vigentes aprobados por Resoluciones 3276/2021 y 1389/2020. Que corresponde celebrar una adenda a fin de que se determinen las obligaciones concernientes a la implementación propuesta, la cual tendrá la vigencia correspondiente a los convenios mencionados anteriormente. Que la presente se realiza en virtud de las facultades conferidas por los artículos 8 y 9 de la ley 23.853. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos realiza la intervención que le compete. RESOLUCION Nº 552/2024 EXPEDIENTE Nº 6493/2012 Buenos Aires, 20 de marzo de 2024.- Por ello, SE RESUELVE: Autorizar al señor Secretario General de Administración, en representación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a suscribir la adenda anexa, que por la presente se aprueba, de los convenios suscriptos con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en virtud de las Resoluciones 3276/2021 y 1389/2020 para la percepción de tasa de justicia y otros recursos dispuestos en la ley 23.853. Regístrese, comuníquese y publíquese en el Portal de Internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando