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I. Que el señor Ramón José Luayza solicita el pago del

28/05/2026 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
ADMINISTRATIVO

Keywords / Subjects

REVISIÓN JUBILACIÓN

Cited Norms

ley 24.018 ley 24.018 resolución n° 3579

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación Vistos los autos de referencia, y CONSIDERANDO: I. Que el señor Ramón José Luayza solicita el pago del anticipo de jubilación normado en el art. 11 de la ley 24.018 y modificatorias, en atención a que se desempeñaba como prosecretario administrativo del Juzgado Federal n° 1 de Bahía Blanca y le fue aceptada la renuncia definitiva a partir del 01/05/2026 –actuación n° 1.1.7/16 y 23/37-. II. Que según surge de las constancias acompañadas por el Departamento de Previsión y Asistencia Social del Consejo de la Magistratura, al interesado le fue reconocido el derecho a la jubilación el 04/02/2026 y se le otorgó el cese definitivo en sus funciones en la fecha precedentemente señalada, pero aún no percibe el mencionado beneficio –actuación n° 1.1.17/21 y 45-. III. Que, por lo expuesto, teniendo en cuenta la finalidad de la norma citada y en atención al carácter alimentario y asistencial del beneficio en cuestión corresponde hacer lugar a lo solicitado –conf. res. n° 1901/2021-. IV. Que la presente medida se dicta conforme a lo establecido en el punto resolutivo 1°, inciso c), de la resolución n° 3579/2024 del Tribunal. Por ello, SE RESUELVE: Hacer saber a la Administración General del Consejo de RESOLUCION SGA Nº 1256/2026 EXPEDIENTE Nº 3220/2026 Buenos Aires, 28 de mayo de 2026.- la Magistratura que, previa verificación de los extremos que invoca el señor Ramón José Luayza, corresponde liquidar el anticipo establecido en el art. 11 de la ley 24.018 y modificatorias, a favor de aquel hasta el efectivo cobro de la jubilación. Regístrese y hágase saber.- Firmado Digitalmente por PRATAVIERA Gerardo Gabriel