I. Que la agente del Juzgado Nacional
31/12/2024
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
LABORAL_SEGURIDAD_SOCIAL
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Año del
Vistos los autos de referencia, y
CONSIDERANDO:
I. Que la agente del Juzgado Nacional
en lo Criminal y Correccional n° 19, Bianca Silvana
Bellofiore, solicita que se le conceda licencia sin goce de
haberes, por el plazo de seis (6) meses, en los términos
del art. 33 del Régimen de Licencias para Magistrados,
Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional, por las
razones personales invocadas.
II.
Que
la
Cámara
Nacional
de
Apelaciones en lo Criminal y Correccional, le concedió seis
(6) meses de licencia sin goce de haberes, a partir del 1°
de julio de 2022, conforme lo normado en el art. 33 del
R.L.M.F.E.J.N., y con posterioridad le otorgó licencia sin
goce de haberes en los términos del art. 31 del régimen de
licencias aplicable, desde el 1° de enero de 2023 y hasta
el 31 de diciembre de 2024.
RESOLUCION CSJN Nº 3809/2024 EXPEDIENTE Nº 7347/2024
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2024.-
III. Que respecto de la solicitud que
aquí se trata, el magistrado a cargo del mencionado juzgado
prestó conformidad y la Cámara Nacional de Apelaciones en
lo Criminal y Correccional, remitió las actuaciones sin
formular objeciones.
IV. Que en razón de los prolongados
períodos de licencia de los cuales ha hecho uso la agente y
teniendo en cuenta el principio del Tribunal que por regla
general prorroga las licencia sin goce de haberes hasta un
máximo de dos (2) años en resguardo de no interferir la
carrera judicial del resto de los agentes, no corresponde
acceder a lo requerido.
Por ello,
SE RESUELVE:
1°) No hacer lugar a la solicitud de
licencia sin goce de haberes efectuada por la agente del
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 19,
Bianca Silvana Bellofiore.
2°) A los fines de no afectar la
situación laboral de la agente, corresponde considerar
prorrogada la licencia desde el día de su vencimiento y
hasta quince (15) días después de la notificación de la
presente.
Regístrese,
hágase
saber
y
oportunamente archívese. -
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
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