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Que por orden de compra n° 467 2023 conf. act.

28/11/2025 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
TRIBUTARIO_FISCAL

Cited Norms

Acordada 20/2022

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación Visto que por las presentes actuaciones tramita la contratación del servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y de urgencias de trece (13) Cámaras Frigoríficas para la conservación de cadáveres y muestras patológicas instaladas en la Morgue Judicial, por el término de cuatro (4) meses o hasta el efectivo inicio del servicio que tramita por expediente n° 4535/2025; y CONSIDERANDO: I. Que por orden de compra n° 467/2023 (conf. act. 1.2) se encuentra amparado el servicio de referencia con la firma “ISMATEC S.R.L.”, cuya renovación tramita por expediente nº 4535/2025 (ver act. 11). II. Que, hasta tanto se concrete la contratación para su renovación -que tramita por el expediente citado en el párrafo anterior- y teniéndose en cuenta que el servicio que nos ocupa resulta imprescindible, la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, manifiesta y justifica los motivos por los que solicita dar continuidad al servicio de mantenimiento por el término de cuatro (4) meses, o hasta el efectivo inicio del servicio con el actual prestador “ISMATEC S.R.L.”, indicando que se trata de un servicio de carácter esencial e impostergable, que no debe ser interrumpido (conf. obra en act. 1.4 y 3). RESOLUCION DA Nº 2999/2025 EXPEDIENTE Nº 6754/2025 Buenos Aires, 28 de noviembre de 2025.- III. Que se solicitó al actual prestador “ISMATEC S.R.L.” (conf. act. 4.1/4.3) su conformidad para continuar el servicio por el periodo indicado, a partir del vencimiento de la orden de compra n° 467/2023 en los mismos términos y condiciones técnicas y económicas oportunamente pactadas. IV. Que en las act. 4.4/4.7 -actualizado en act. 7.3/7.4- obra la respuesta del prestador, en la cual acepta continuar el servicio en las mismas condiciones técnicas pactadas y en el plazo solicitado, adjuntando su nueva propuesta. V. Que en act. 8 la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte Suprema de Justicia de la Nación presta conformidad a la propuesta del actual prestador, indicando que la misma resulta técnicamente admisible y económicamente conveniente. VI. Que en act. 10 obra la reserva de fondos con cargo a la partida presupuestaria de los ejercicios financieros pertinentes. VII. Que ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos. VIII. Que la presente contratación encuadra en el artículo 33 inciso a) contratación directa por monto -compulsa abreviada- del Régimen de Contrataciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobado por Acordada n° 38/2023 y se encuentran justificadas las razones para proceder de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, de acuerdo a lo señalado por la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura en act. 1.4 y 3. Asimismo, le resulta aplicable el Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Acordada n° 31/2025. Corte Suprema de Justicia de la Nación Por ello, y en virtud a las atribuciones conferidas mediante el artículo 20 a) del anexo I de la Acordada n° 38/2023 y en los términos de la Acordada 20/2022, SE RESUELVE: 1º) Aprobar la contratación directa por el monto - compulsa abreviada- relativa al servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y de urgencias de trece (13) Cámaras Frigoríficas para la conservación de cadáveres y muestras patológicas instaladas en la Morgue Judicial, por el término de cuatro (4) meses o hasta el efectivo inicio del servicio que tramita por expediente n° 4535/2025, y adjudicar la misma a la firma “ISMATEC S.R.L.”, a partir del vencimiento de la orden de compra n° 467/2023 -en los mismos términos y condiciones técnicas oportunamente pactados en la orden de compra mencionada-, por la suma total de pesos veintitrés millones doscientos veinte mil ($ 23.220.000.-), a razón de pesos mensuales cinco millones ochocientos cinco mil ($ 5.805.000.-), en un todo de acuerdo al presupuesto de dicha firma obrante en las act. 4.4/4.7 -actualizado en act. 7.3/7.4-. 2°) Imputar el presente gasto a las cuentas presupuestarias pertinentes del ejercicio financiero que corresponda, previo a la emisión de la respectiva orden de compra. Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese sucesivamente al Departamento de Contabilidad y Presupuesto y Subdirección de Compras. Nac Firmado Digitalmente por GILMAN Marcela Karina