Que por orden de compra n° 467 2023 conf. act.
28/11/2025
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Normas Citadas
Acordada 20/2022
Texto del Fallo
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Visto que por las presentes actuaciones tramita la
contratación del servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y
de urgencias de trece (13) Cámaras Frigoríficas para la conservación
de cadáveres y muestras patológicas instaladas en la Morgue Judicial,
por el término de cuatro (4) meses o hasta el efectivo inicio del
servicio que tramita por expediente n° 4535/2025; y
CONSIDERANDO:
I.
Que por orden de compra n° 467/2023 (conf. act.
1.2) se encuentra amparado el servicio de referencia con la firma
“ISMATEC S.R.L.”, cuya renovación tramita por expediente nº
4535/2025 (ver act. 11).
II.
Que, hasta tanto se concrete la contratación
para su renovación -que tramita por el expediente citado en el
párrafo anterior- y teniéndose en cuenta que el servicio que nos
ocupa resulta imprescindible, la Dirección de Gestión Interna e
Infraestructura de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
manifiesta y justifica los motivos por los que solicita dar
continuidad al servicio de mantenimiento por el término de cuatro
(4) meses, o hasta el efectivo inicio del servicio con el actual
prestador “ISMATEC S.R.L.”, indicando que se trata de un servicio
de carácter esencial e impostergable, que no debe ser interrumpido
(conf. obra en act. 1.4 y 3).
RESOLUCION DA Nº 2999/2025 EXPEDIENTE Nº 6754/2025
Buenos Aires, 28 de noviembre de 2025.-
III.
Que se solicitó al actual prestador “ISMATEC
S.R.L.” (conf. act. 4.1/4.3) su conformidad para continuar el
servicio por el periodo indicado, a partir del vencimiento de la
orden de compra n° 467/2023 en los mismos términos y condiciones
técnicas y económicas oportunamente pactadas.
IV.
Que en las act. 4.4/4.7 -actualizado en act.
7.3/7.4- obra la respuesta del prestador, en la cual acepta continuar
el servicio en las mismas condiciones técnicas pactadas y en el plazo
solicitado, adjuntando su nueva propuesta.
V.
Que en act. 8 la Dirección de Gestión Interna
e Infraestructura de la Corte Suprema de Justicia de la Nación presta
conformidad a la propuesta del actual prestador, indicando que la
misma resulta técnicamente admisible y económicamente conveniente.
VI.
Que en act. 10 obra la reserva de fondos con
cargo a la partida presupuestaria de los ejercicios financieros
pertinentes.
VII.
Que ha tomado debida intervención la Dirección
de Asuntos Jurídicos.
VIII.
Que la presente contratación encuadra en el
artículo 33 inciso a) contratación directa por monto -compulsa
abreviada- del Régimen de Contrataciones de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación aprobado por Acordada n° 38/2023 y se
encuentran justificadas las razones para proceder de conformidad a
lo previsto en el último párrafo del artículo citado, de acuerdo a
lo señalado por la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura
en act. 1.4 y 3. Asimismo, le resulta aplicable el Pliego de Bases
y Condiciones aprobado por Acordada n° 31/2025.
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Por ello, y en virtud a las atribuciones conferidas
mediante el artículo 20 a) del anexo I de la Acordada n° 38/2023 y
en los términos de la Acordada 20/2022,
SE RESUELVE:
1º) Aprobar la contratación directa por el monto -
compulsa
abreviada-
relativa
al
servicio
de
mantenimiento
preventivo, correctivo y de urgencias de trece (13) Cámaras
Frigoríficas
para
la
conservación
de
cadáveres
y
muestras
patológicas instaladas en la Morgue Judicial, por el término de
cuatro (4) meses o hasta el efectivo inicio del servicio que tramita
por expediente n° 4535/2025, y adjudicar la misma a la firma “ISMATEC
S.R.L.”, a partir del vencimiento de la orden de compra n° 467/2023
-en los mismos términos y condiciones técnicas oportunamente
pactados en la orden de compra mencionada-, por la suma total de
pesos veintitrés millones doscientos veinte mil ($ 23.220.000.-), a
razón de pesos mensuales cinco millones ochocientos cinco mil ($
5.805.000.-), en un todo de acuerdo al presupuesto de dicha firma
obrante en las act. 4.4/4.7 -actualizado en act. 7.3/7.4-.
2°) Imputar el presente gasto a las cuentas
presupuestarias
pertinentes
del
ejercicio
financiero
que
corresponda, previo a la emisión de la respectiva orden de compra.
Regístrese, comuníquese, publíquese en el portal de
la Corte Suprema de Justicia de la Nación en internet, y gírese
sucesivamente al Departamento de Contabilidad y Presupuesto y
Subdirección de Compras.
Nac
Firmado Digitalmente por GILMAN Marcela Karina
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