Social del Consejo de la Magistratura, al interesado le fue
27/12/2024
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
ADMINISTRATIVO
Keywords / Subjects
REVISIÓN
JUBILACIÓN
Cited Norms
ley 24.018
Ruling Text
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Vistos los autos de la referencia, y
CONSIDERANDO:
1°) Que el Dr. Daniel Ángel Del Buono, solicita
el pago del anticipo de jubilación normado en el art. 11 de la
ley 24.018 y modificatorias, en atención a que se desempeñaba
como secretario de juzgado de la Corte Suprema de Justicia de
la Nación y le fue aceptada la renuncia definitiva a partir
del 01/12/24 -fs. 2/18-.
2°)
Que
según
surge
de
las
constancias
acompañadas por el Departamento de Previsión y Asistencia
Social del Consejo de la Magistratura, al interesado le fue
acordado el derecho a la jubilación el 07/10/24 y se le otorgó
el
cese
definitivo
en
sus
funciones
en
la
fecha
precedentemente señalada, pero aún no percibe el mencionado
beneficio –fs. 21 y 24-.
3°) Que, por lo expuesto, teniendo en cuenta la
finalidad de la norma citada y en atención al carácter
RESOLUCION CSJN Nº 3935/2024 EXPEDIENTE Nº 7854/2024
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2024.-
alimentario
y
asistencial
del
beneficio
en
cuestión
corresponde hacer lugar a lo solicitado –conf. res. n°
1901/21-.
Por ello,
SE RESUELVE:
Hacer saber a la Administración General del
Consejo de la Magistratura que, previa verificación de los
extremos
que
invoca
el
Dr.
Daniel
Ángel
Del
Buono,
corresponde liquidar el anticipo establecido en el art. 11 de
la ley 24.018 y modificatorias, a favor de aquel hasta el
efectivo cobro de la jubilación.
Regístrese y hágase saber.-
Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis
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