So Es el Juez á quien se debe ocurrir, quien puede
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 10
ID: fallos_10_200
Judges
Ocampo
Keywords / Subjects
ADUANA
Ruling Text
iO'
FALLOS DB LA SUPREMA CORTB
So Es el Juez á quien se debe ocurrir, quien puede
ordenar el embargo do estas.
9o Las presunciones, cuando pueden perjudicar á un
tercero, deben limitarse al sentido rigoroso do las pa la br:~ s
empleadas por la ley.
t O El embargo, la suspension del despacho, y el recurso
á los tribunales ordin3rios sirven para asegurar el percibo
de la renta, y hacer saber al comercio el estado del cré-
dito del comerciante deudor en las oficinas riscales.
1 t El retardo y reserva de la administracion en tornar las
medidas señaladas por los artículos de la ordenanza, no
puede perjudicar á terceros, que po1· osa inaccion y reser-
va han podido ser inducidos en error, y creer solvente al
comerciante que no lo estaba.
t 2 La administracion debe sor leal, franca y pública en
en sus actos.
t 3 Los deudores á la aduana son siempre ciertos y no-
minativamcnte conocidos en la persona de los introducto-
res, esportadores y sus garantes.
u. La deuda de unos no puode hacerse
~ fij ctiva sobre
los bienes de otros.
15 Las mercaderias introducidas por el deudor á la adua-
na con posterioridad al vencimiento de sus letras, pueden
ser t'mbargadas y vendidas por órdun del Jue1. que conoce
del cobro fiscal, siendo realmente de aquel.
Caso. - Don Manuel Ocampo, de Buenos Aires, remitió á
D. Cárlos M. Palacios, del Rosario, una partida de efectos,
para que los despachase en aquella aduana y los remitiese
~ O. Gaspar Taboada, para quien habían sido comprados.
El conocimienl.o fué puesto á nombre do Palacios.