OR JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 10
ID: fallos_10_203
Keywords / Subjects
ADUANA
Ruling Text
OR JUSTICIA NACIONAL.
207
IJles cr·an las que f'Jlncios tenia depositadas en la aduana al
,·cocimiento de las lntras , y no las que lo hubiesen sido
c on si gn:~da s dcspucs.
Que lns •norcndndns en rucstion no estnbnn en aquella
con1licion, y l'uor·on emhar·gadns cuando so pidió el permiso
del desemburgo p:ua trasportarlas inmediatamente á su
destino.
Que por otra parte no fueron consignndas á Palacios,
sinó re mi ti das ¡, él para despachariM y enviarlas á su des-
tino.
Pidió se condonase á la AdminislrnJion de rentas á res-
tituirle lns mct·c:adt•rins c1nhargndas.
Conferido traslado, el Procur:uJor fh<cnl, oponiéndose á
la ucmamla, con le ·tó CJUC el nrl. 1 R2 de las ordenanzns era
claro, y para la n•luana no hahia rnns duei10 de las merca-
derías, que aquel que las inlroducia.
Ouo el enc:u t;o hecl10
p 111' Oca111po á Palncios era la
consignacion tll' r1uc Lrataha lli,·ho al'lículo, y que el art
l ~O no se rclict·u :.olamonló! á las merca dorias en dcpósito
al tiempo tic reuccrse las letras, escluyetulo las iutroduci-
das con poslorioridatl; de tnanora que, miénlros no se pa-
gnse la deuda, cu cualr¡uie1· liompo podían ser embargadas
las mercadol'ias para pngo dn
:~ q uella.
Jo'allo del .Jaea 8eee6onal .
nosario, Febrero 15 lle i 871.
Y \'Íslos : considcranJo, 1 o, que en todas las operatlio-
nos lle
Adunn:~, que esl:1hloccn una rolncion de derecho
entre el Fisco y los parliculnre!!, os necesario quo existan
el acreedor y dt•udor ciertos, en pcrsonns determinarlas,
de mvdo que puedan hacerse efectivos los derechos )' cum·
plirse las obligaciones, sogun las leyes vijenLes eo órdcn