DE JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 10
ID: fallos_10_319
Judges
Costa
Mendoza
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
CONCURSO
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIONAL.
323
Apelada esta sen toncia, fuó confirma da por el siguien le :
Jl'allo de la l!lupre•• t::orte.
lluenos Aires, A¡;oslo 10 de 1811.
Vistos : y considerando, Primero, que la excepcion do
incompetencia opuesta por el r•resbítero don José 01 mos en
el juicio ejecutivo iniciado contra él en el Juzgado Seccio-
na! de Mendoza, por don Pascual 1\ui:t en representacion de
don Gregorio Zapata, se funda únicamente en el l.eclao
alegado de haber f.mui.llizado concurso voluntario de acree-
dores, en la ciudad de San Juan antes de trasladarse á
la de Mendozn ; Segrmdo, que ese hecho no ha sido pro-
bado suricienteroP.ntc por el dclllaudado, pues los testigos
que ha presentado con ese JH'Ó,posito son meramente auri-
culares, reriri¿ndose uno al mismo Presbítero Olu10s y los
demas á otras pe•·sooas ; Tercero, que teniendo aquellos
ese carácter, su testimonio can~ue do valor jurídico, segun
lo dispuesto en la ley veinte y nueve, título diez y seis,
Partida tercera ; por estos fundamentos se confirma, con
costas, el auto apelado de foja cua•·enta y ocho, y satis-
fechas las de esla instancia, devuélvanse al juez de la causa
para que lleve adelante sus procedimientos con arreglo á
derecho.
SALVADOR MARÍA
DEL C.UtRJL. -
FRAN•a:;co DELGADo.- JosÉ BAR-
nos PAzos.-MAnCELJNo UGARTE.