← Volver a resultados

DE JUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 10 ID: fallos_10_319

Jueces

Costa Mendoza

Voces / Materias

COMPETENCIA CONCURSO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA NACIONAL. 323 Apelada esta sen toncia, fuó confirma da por el siguien le : Jl'allo de la l!lupre•• t::orte. lluenos Aires, A¡;oslo 10 de 1811. Vistos : y considerando, Primero, que la excepcion do incompetencia opuesta por el r•resbítero don José 01 mos en el juicio ejecutivo iniciado contra él en el Juzgado Seccio- na! de Mendoza, por don Pascual 1\ui:t en representacion de don Gregorio Zapata, se funda únicamente en el l.eclao alegado de haber f.mui.llizado concurso voluntario de acree- dores, en la ciudad de San Juan antes de trasladarse á la de Mendozn ; Segrmdo, que ese hecho no ha sido pro- bado suricienteroP.ntc por el dclllaudado, pues los testigos que ha presentado con ese JH'Ó,posito son meramente auri- culares, reriri¿ndose uno al mismo Presbítero Olu10s y los demas á otras pe•·sooas ; Tercero, que teniendo aquellos ese carácter, su testimonio can~ue do valor jurídico, segun lo dispuesto en la ley veinte y nueve, título diez y seis, Partida tercera ; por estos fundamentos se confirma, con costas, el auto apelado de foja cua•·enta y ocho, y satis- fechas las de esla instancia, devuélvanse al juez de la causa para que lleve adelante sus procedimientos con arreglo á derecho. SALVADOR MARÍA DEL C.UtRJL. - FRAN•a:;co DELGADo.- JosÉ BAR- nos PAzos.-MAnCELJNo UGARTE.