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C&U8~ CXXXI.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 11 ID: fallos_11_164

Texto del Fallo

f 6& FALLOS DE f,A SUPRE~IA CORTE C&U8~ CXXXI. Frendelburg, ScAat: y Ca contra el Capilat& lle" la Borm lnglt$a •Scolla11d • pur Cübro de duiíüs y perjuicios. S~tttUlrio.-'l 0 El capitan de un buque, luego r¡no se halle provisto do lo necesario para el \'inji), está obli¡;a- do á emprenderlo á la primera ocasion favorabl ~. 2o La demorl en el cumplillliento do esta ohlig:1cion lo impone la indemnizaciou de los daiaos y perjuicios r¡uc se ocasione á los cargadores. 3o Para que la rcsponsahili,latl so langa cfccli,·a, es indispensable que haya laabi,lo perjuicios prcvistns ó qno pudieron proveerse como consocucncia inuaodiata de la mora, al celebrarse el conll·ato. 4o So supone que un IJuf1110 está listo para empren- der viajo, el din que el capilan Clrtna los conocianien- los de la cnr¡;a, h <~ b iéndo e uu1nifc:,la•l0 on el co11lrato de fletamento quo estaba provisto do lo necesario. 5o Si un hecho posterior no imputable al capitan re- larda el viajo, la prueba cu rrc~ p o nd c {a aquel. 6o Un buque do ultrarunr no puede ernprendor vinjt} sin munirso de carla •le sanidad. 7o La baja en el articulo, maloriaJ el notarncnto, en el puer-