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DE IUSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 11 ID: fallos_11_202

Voces / Materias

COSA JUZGADA

Texto del Fallo

.. DE IUSTICIA NACIONAL. 207 su virtud Jos tru cilnt01 pe101 son de abono ' D. Pablo Salas. Repónganse. JWJn Palma. Apelada esta sentencia, fué revocada por el siguiente Buenos Aires, Enero ~7 de t87!. Vistos: Considerando. Primero. Que seguido juicio eje- culi,•o por el Presbítero Don Salvador de Id Reta contra Oon Juan Antonio Pando, representado por Don Pablo Salas, pronunciada la sentencia de trance y remate y vendido el fundo embargado, el ejecutante pidió y se hizo la li- quidacion de su crédito; SegunfÜ). Que aprobada í:sla por ~1 juez, solicitó el acreedor se gira'se libramiento 6 su favor por el monto de su acreencia contra el precie del remate, rebajándose de esta la suma de tres cientos pesos (111e había recibido del apoderado Salas, y que no figuraba t•n aquella operacion, porque no constando de autos su l'ntrega, la ignoraba el contador; Te_rcero. Que, proveida tle conformidad esa peticion d.,l ejecutante, el apoderado Salas se opuso á que se practicara, alegando que esa c~nntidad la había entreg;uto por su propia cuenta, y como ¡•rJstamo al Pre!'bítcro Reta, y por c:•ya devolucion le tenia ya demandado ánte el rmsmo juflz, segun se es- presa ~ foja setenta . y nueve; CtVIrlo. Que no obstante 'PI' la manifestacion explícita, y olvidando que solo se tra- taba ya de la ejecucion de la cosa juzgada entre el eje· cutan~ Rct.a y .,1 ejutado Pando, f\1 juez sustao~ia en ~1