DE .JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 11
ID: fallos_11_236
Ruling Text
DE .JUSTICIA NACIONAL.
24t
Gonzalet contestó que Zorrilla no ter.ia accton contra
él, porque el comprador
del
ganado fué Olguin, y
él no podía ni debía dar satisfaccion del modo como
habían ido á su poder los ganatlos.
El Juez abrió la causa á prueba fijan(lo lo!\ siguien-
tes puntos:
t. Pruébese el derecho porque el actor se dirijo con-
tra el reo, 6 sea
2. Que la venta de los novillos hecha por el
flna~o
Olguin es nula de derecho ú rescindible en la parte que
se dice impaga -y
3. Acreditese por quien corro!>ponde la falta de solo-
ion de dicha venta.
En este estado el
t~ .. rt'nsor nombrado á Olgnin agre-
gó que tampoco este estaba obligado al pago, ptw!'to
que el ganado fné pagado con la letra, y esta se ha-
llaba perjudicada.
F.l Juez agregó al
:~uto Jo prueba este otro punto.
-l. Si la letra está ú no perjudicada.
F.n los primeros diez días del término prohatorio, .Zor-
rillo di6 posiciones, para demostrar que el valor de la
letra procerlia de los ganad1)S que compró Olguin, y que
estos ganados fueron remitidos á Gonzale1., pidiendo en
otrosí que si el resultado de las
po11icionos fuere negtt-
tivo, se librara exhorto al Jul'z de Scccion de San Luis
para que se tomara declaracion á varios testigos allí re-
llitientes al tenor de la' preguntas contnnidas en el In-
terrogatorio de posiciones.
Gonzalez absolvió solo la 2• pregunta, diciendo
f'Pr
cie•·to en el sentido que los animales fuuron compra,lol'\
p•lr al nhsoh·ente á Olguin.
Zorrilla pidió se de!lpachara el exhorto; pero no se hi-
r.o lngar á esta peticion por estar fuera del término.