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SUPREMA CORn:

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 11 ID: fallos_11_273

Jueces

Costa

Voces / Materias

PROPIEDAD

Texto del Fallo

278 rAI.LOS UF. U SUPREMA CORn: nes opuestas por Paz se reducen á la inhabilidad del título con que se ha entablado la ejecucion, fundada en que el conforme puesto por Bagnasco á la cuenta de f. 4 y 5 no ha sido reconocido legalmente por cuanto la diligencia se practicó ánte el escribano Paganini, y no ante el juez de seccion y que además en la época del reconocimiento de esa cuenta no era capitan del vapor O. Tomás Bagnasco, ni la propiedad del vapor pertenece á los mismos individuos que lo tenían al tiem- po de hacerse los suministros, hábiendo hecho el vapor varios viajes despues de su enagenacion.-4o Que como prueba de su escepcion ha producido en autos las de- claraciones de los testigos José Espantoso f. 95, Jlilario Acosta f. 95 vuelta, José Naría ~toreno f. 96 vuelta, Eugenio Bondoci~ f. !)9 y los informes de f. t 02, t 04, t06, 437 y UO-y Considerando-in Que la prueba producida en autos tanto por los demandantes como por el mismo deudor ejecutado, demuestra "plenamente que por lo menos hasta el 18 de Octubre del año anlcrior fué O. Tomás Bagnasco, capitan reconocido del vapor •Comercio del Rosario• del que era en esa época ad- ministrador y condl\mino D. Exequiel Pa?..-2° Que en su calidad de tal, las obligaciones qu(\ contragera par:t atender al aprovisionamiento del buque! obligan directa- mente al armador, art. tt07 Código de Comercio, sien- do de esta naturaleza las que se comprenden en la cuen- ta presentada.-3° Que á mas de esta autorizacion legal á favor del capitan los Seiaores Rezia y Sala han pre- sentado el documento de f. H 5 reconocido á f. t 26 el que contiene una órden espresa á los Señores Rezia y Sala para entregar por cuenta de O. Excquiel Paz, al eapitan del vapor Comercio del Ro$ario los artículos que le fuesen necesarios para la provinion del buque.-4-n