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Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 11
ID: fallos_11_281
Texto del Fallo
i86
FALLOS DE LA SUPREMA CORTI
el auto apelado 3 foja sesenta y cinco, satisfechas y ro-
puestos los sellos, devuélvanse.
SAL\'AI>UI\ I\IAI\ÍA DEL CARRIL.-
FIIAI\CISCO
DELGADO. -José
ÜAI\1\03 P.\ZOS. -
M. UCAI\TE.
J. ll. GonosrtAC·'
D. Pedro Grar¡c1·a cotttrn la • Compañia Argentina •
de Segr.ros, p(Jr cobro de pesos.
S"mJrio.-
l" Tudas las
dilig~ncias ¡n·obalo•·ias urrll•-
nadas dentro del tt:•rmino com¡h!lento debtln cumplirse.
2° ~lucho mas si una de las partos manifiesta que tlfl
puede renunciar esas diligencias pot• creerlas de suma
importancia.
t:aso. - En unos autos seguidos por IJ. Pedro Gragera
contra la Compañia Ar¡entina de Se¡ruros Marítintos, ¡1or