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DE .IUSTJCI.\ ~ACIONAL .

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 11 ID: fallos_11_354

Judges

Costa

Keywords / Subjects

DAÑOS Y PERJUICIOS

Ruling Text

DE .IUSTJCI.\ ~ACIONAL . 359 cuanrlo rlebia recibir 300; poniéndose en \'iélje con el bu- que en mal estado, sin \"Ívt>rrs y atlmitientlo otra car~a . Que el resto del neto dclua p :~~p rse dc:<pues de entre- gada la carga, y t¡uo no tenia razon do dudar del pago. Que e1 entbargo do la carga no constituye estadías voluntarias. Que la inclebida retencion (le la carga lo daba accion para reclamar los daños y perjuicios. que el'timaba en 1 ,OJO ps. fts .. por el p :~go clt' sus l ancha ~ y por los cc.m- promisos no pfldi.los llenar con los compradores de las nHltleras ; que por lo lanlr. contraclcmamlaba á Ferrier por t•l pngo 1lc l,OOIJ p11-. fts. y pc•lia se rechazase con costas la rlcmnruJa do estadía!'. f.ondui1la postcriurmcntc lól c1cscargn y pt'llida po,r Fer- ricr la entrega del saldo 1lcl OPte, Altos y l\oig se opuso funJ:ínciMc en que Fcrricr no prc~e r.tab a ninguna garantía para el resulla.lo •lo la contradcmólnda , por ser extranjero no domiciliado. f.onferido trasl:ulo c•wtcstó Ferrier que él recibió cu:mto ,\lt<.'s y Roig lll c ntr('~Ó; que el rcctbo de otra carga y la f,,lta ci~ \'Í\'cres eran hcc.:l.os impertinentes; que él usó •lel el ere el• o conrérídolc por el art. 111 & del Cód,•go de Comercio ; t¡uc el emltargo ro se opo11ia á la continuacion ti<' la desc:.rga; que él no la continuó porque lu\"o que pl'cii r el aflam:amien lo del Oc te: que por eso se cm Jllearon :J:) dias mas en la dcscttrga. los que se le debían abo;:ar ú raztHI de 20 ps~ lis. fltarios: c¡ue el único causante de la: esl:ulias y pcrjuieJO' habla si•lo Allcs y 1\nig que no le ;lriauzó el t1cte en los 19 •lias fijados pólra la tlescarga; 'i quo en cuanto á la opos1cion á la eulrt:'ia del saldo del O ;~tc , 1\ltes y Roi¡; no podía peJir embargo por una de- manda ordinaria desnuda de Lodo comprobante.