FI LLOS DE LA SUPRBMA CORTE
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 12
ID: fallos_12_75
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
80
FI LLOS DE LA SUPRBMA CORTE
Ca1o. -
El Dr. O. JMé de Buslamanle por O. Mar-
liB Castilla é hijo demandó ante
E 1 Juf'z •'ederal de la
Sec~ion do lluenos Aires á D. Francisco Medina por falta
de cumpltmiet1lo á un contrato, y en un otrosi pidió el
arraigo del juicio : que se librase órJen ú la capitanía
del puerto á fin do que
se impidiera el embarco de
Medina, dado casf' gue intentara hacerlo.
El juzgado pro\'eyó trasladl) do la demanda, ordenando
so intimase al demandado no ausrnlarso del país sin dejar
apoderado instruido y espcnsado, y sin olor~ar llan;~a bas-
tante de est:tr 1 las resultas del juicio.
Librado el ollcio en estos términos á la capitanía · del
puerto, so presentó á contcst:u: la demanda n. Ramon
Perez Lopez con poder do Francisco ~ledin a , y la causa se
sustanció hasta el estado ele prueba, en el c1ue el Doctor
Buslamantc pidió q•IC ol demandado absolviese posiciones
al tenor de las contenidas en un pliego cerrado que
acompañó.
llabióndose proveido de conrormidad 1 seilaládose dia
para la absrl ucion, Percz Lopc7. se presentó exponiend'o
que su po.lerdanto Mollina estaba ausento clel país, pero
que lo e~ poraba do un morneulo á otro, l'or lo que pedía
se señalara otro dia para la absolucion de las posiciones.
El juzgado seiwló el dia 22 do Mayo ó las dos do la
tarde.
El Jia señaiHdo Pcrez Lopez espuso que su poderdante
no babia lle~ado aun .Jel Paraguay, por cuya razon no podlian
absolverse las posiciones ¡ pero que si no habia incon-
veniente el podia absolverlas porque tenia poder Lastanle.
El juzgado mandó dar vis la al apod~rado del aclor.
El Dr. Busl<tmanle espuso entónces que conslándole
perfectamente ó P erez Lo pez que su poderdante se en-
conLraba fuera de Buenos Aires cunlra la órdco d~!l juzgado
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