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DE .JUSTICIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_298

Judges

Costa

Keywords / Subjects

NULIDAD

Ruling Text

DE .JUSTICIA NACIONAL. 303 No habiendo ocurrido el demandado á contestar la de- manda, se siguió la causa en rebeldia y se dictó sentencia definitiva, condenando á Fragueiro á abonar á Dominguez la cantidad de 200 8 fts. mensuales y á Menendi 110 srts. mensuales, á contar del to de Enero de 1869 al 30 de Setiembre de 187t. Notificado Fragueiro, se presentó ante el Juzgado de- duciendo el recurso de rescision que establece el tit. 19 de la ley de procedimientos. Paraná, Julio 4 de t872. Habiendo establecido jurisprudencia al respecto la Supre· ma Corte en la causa 57, del t. 1 o, entrega 3•, de la segunda série, que principia en el año de mil ochocientos setenta y uno, declarando en ella que el recurso de resci- sion de que trata el artículo diez y nueve de la ley, cuya naturaleza, forma y sustanciacion no se determina espe- cialmente en parte alguna, con aquella denominacion, no puede sAr otro que el de que trata el título veintidos desi- gnándole con el nombre de recurso de nulidad; y como del recurso de nulidad, segun lo establecido en el título citado, debe conocer la Suprema Corte¡ elévanse los autos con el oficio correspondiente bajo de certificado y á costa del que ha interpuesto el recurso de rescieion, citándose préviamento á las partes para que en el término de seis días comparezcan ante la Corte. á tramitar este recurso. Febre.