← Volver a resultados

DE ~UsnciA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 12 ID: fallos_12_318

Voces / Materias

NULIDAD

Texto del Fallo

DE ~UsnciA NACIONAL. dos para fallar sin mas trámite y porque les suministraba datos suficientes al exámeo detenido de los auto• y ale¡a- tos presenladüs; dictaron en seguida su laudo. Razzetto y e• interpusieron recurso de nulidad contra el laudo ante el Juzgado Seccional de Santa Fé, diciendo que la mision de los peritos arbitradora• era no solo la liquida- c~on y pforateo, sinó el fE!conocimiento de las avería• ; que se tr~ttaba de una avería particular de la que era res- ponsable el capitan ; que ellos habiAn ofrecido dar prue- bas y los árbitros no habían querido oirlas ¡ que en el pro- cedimiento de los árbitros es impresc!ndible la observancia estricta del derecho con arreglo al art. i75i del Código de Comercio. Conferido traslado á los demas interesados, los señores Otero hermanos, O. Juan Oelpino y ~1 patron del buque contestaron que la avería comun habia sidó debidamente constatada por las autoridades y reconocida por todas las partes; que los árbitros pueden proceder á tlerd4d .ahidá y buttl4 (i grumlada en los casos en que la ley no declara espreaamente inv61idoa los actos por falta de formalidad ¡ que loa eslensos alegatos y pruebas corrientes en autos bastaban para su inslruccion : que no debían perder de vista la brevedad recomendada por el procedimiento nacio- nal é implícitamente ordenada por el fallo de la Suprema Cor&e. • .............. heel••· Rosario, Junio 4 de t872. Y vistos : considerando que habiendo espedido los peri- tos arbitradores su laudo en las condiciones y formalidadea requeridas por la ley, sin que sean causas para declarar