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condi- cion y no por '

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 12 ID: fallos_12_412

Keywords / Subjects

ADUANA

Ruling Text

DE m .. riCIA NACIONAL. · 4f 7 el despacho de seis cajones, con cien millares de agu- jas en cajitas, cada uno, catiflcándolas de regulartl, las que están aforadas en seiscientos milésimos el millar en la Tarifa de AYaluos; y que al veriflcarse el contenido de los cajones, resultó que dichas agujas eran á juicio del Vista de calidad extr~fona•, las que son avaluadas por la misma Tarifa á un peso fuerte el millar; Que suspendido el despacho por este motivo y manda- do levantar el correspondiente sumario, la casa despa- chaote se ratiflcó en la manifestacion que babia hecho, de ser agujas regulares las contenidas en los precitados seis cajones, aseguranao que babia hecho esta manifes- tacion, con conocimiento exacto de la calidad del arUcu- lo, y que la diferencia con el.,Yista, proveoia de que este empleado aforaba las agujas como exlreflna• por '" condi- cion y no por '" calidad como lo establece la Tarifa ¡ Que pasado el asunto á informe del Tribunal de Vistas, este clasiflcó tambien de entrefinas dichas agujas, y funda- do en este informe el Administrador de Ren.tas, condenó á los Señores Bemberg, lleymendhal y Compartía al pago de dobles derechos, con arreglo á lo dispuesto por el artículo noveciento15 noventa y tres de las Ordenanzas de Aduana ; Y considerando- primero: Que la cuestion que se agita en esta causa, es de hecho puramen~, y consiste on ave- riguar, ¿en cuál de las calificaciones do la Tarifa, están comprendidas laa agujas á que se reflere el manifiesto de despacho deJos Señores Bemberg, Heymendltal y Compañía, en las de reguloru, ·ó de exlrefina?; Segundo: Que el procedimiento seguido por el Adminis- trador de Rentas para la decision de esta cucstion, es coo· trario al que determina la ley; pues ol Tribunal de Vistas, en cuyo informe funda el Administrador su resolucion, fun- ciona ilegalmente, porque el decreto de veintiuno de Di- '· IU !9