Tribunal Provint ial de 1 a Instancia.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 13
ID: fallos_13_112
Voces / Materias
COMPETENCIA
PROPIEDAD
Texto del Fallo
tt6
FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
parte en el terreno de propiedad de Estrada, entabló este
contra la Municipalidad accion posesoria de despojo ante el
Tribunal Provint ial de 1 a Instancia.
La Municipalidad reclamó su esclusiva competencia en
virtud del art. 18, Sec. 4a de la ley de ~oviembre 3 de 18G8.
El Juzgado se declaró incompetente con sentencia de
Junio 8 de 1872 que fué c.onfirtñada por el fallo do! Su-
periür Tribunal de Justicia.
Contra estos fallos Estrada recurrió directamente á la Su·
prema Co!'to, diciendo que l.a Constitucion nacional declara
inviolable la propiedad¡ que la Municipalidad no puede abrir
nuevas calles en terrenos particulares sin el correspomlienle
juicio de expropiacion ante la autoridad judicial¡ que los
fallos recurridos violan las garantías constitucionales esta-
bleciendo la incompetencia del poder judicial y que recurría
de ellos en virtud dn los artículos 3, 4, 5, 21, 22 y 23
de la ley de Octubre t 6 de t 862 y del art. 14, in c. 2° y 23
de la ley de Setiembre t 4 de t 863.
Se confirió vista al Procurador General quien pidió que
no se hiciera lugar el recurso por no estar comprendido
en los casos señalados por la ley de U de SctiembJ•e de
t863.
Fallo .•e la 8tlpre•.•• (;ortr.
Buemos Aires, Marzo 4 de 1 R1:.l.
Vistos: no habiéndose decidido por la sentencia do que
se recurre, sinó la cuestion ,sobre competencia do dos auto-
ridades provinciales, en la delinoacion y apertura de una
calle pública¡ y no siendo definitiva la resolucion que la
Municipalidad ha dictado en este asunto, porque puede en·
tablarse de ella, el recurso que establece el arlículo treinta