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CA.U8A. XIV.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 13 ID: fallos_13_114

Keywords / Subjects

COSA JUZGADA CONTRATO QUIEBRA

Ruling Text

tfS fALLOS DB LA JUPREIIA CORTE CA.U8A. XIV. D. Eatanislao de la Reta C0111ra n. tintero lJarriga, sobre cumplinli.ento de contrato. Sumario.- 1 o El juicio declarativo do quiebra en país extrangero, no puede cumplirse en la Repttblica en per- juicio de terceros, contra los cuales no tiene la ílutoridad de cosa juzgada. 2o Decaído el demandíldo del derecho do contestar la demanda, el actor obtiene lo que pide si fuera justo y pa· ra hacer constar esta justicia el juez está autorizado por los art. i85 y t86 de la ley da enjuiciamtento para re- cibir la causa á prueba. 3o La parte que ha consentido el auto de prueba y aprovechado su término, no puede sostener que el juez no tenia derecho á dictarlo. 4o El simple certificado do un escribano declarando ha- berse Lomíldo razon de una hipoteca, no es prueba sufi- ciente del carácter hipotecario de la escritura relati,•a, máxime, cuando falten en ella la constancia de su re- ¡istro, y la delerminacion de los límites y linderos de la fiuca que se dice hipotecada. 5o No ea válida contra los terceros la toma de razoo