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DI IUSTICIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 13 ID: fallos_13_147

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

DI IUSTICIA NACIONAL. tM la mencionada labor, debiendo los metales que ae es tra- jesen ser dividos por mitad, mensualmente con conoci- miento y represontacion de ambos. En ~lurzo de 4872, Shoders se presentó ante el Jue& Federal de la Rioja, demandando á Valdez por haberlo despojado de los metales estraidos, 60 cajone1 mal ó menos que tenia a¡Jilados en las canchas de la mina, loa cuales Valdez haLia dividido por sí y ante s( sin darle aviso, por lo que lo demandaba pidiendo fuese conde- nado á abonar 22,000 $ bolivianos: 18,000 valor de la mitad de los metales, y 4,000 por iodernoizacion de per- JUICios. Valdez contestó que Shodors no babia querido permi- tir la division mensual de los metales, como decía el contrato ; que la cantidad .no era 60 cajones, sinó 3t cajones de 50 quintales mas 45 quintales y 94 libras lo1 cuales babia romaneado y dividido con conoQimiento del encargado do Shodcrs; que se babia visto en la nece- sidad do hacer la division porque Shoders estaba dispo- niendo de los metales sin su autorizacion, los cualea babia eatraido de la labor cedida y de otra mas no com- prendida en el contrato.- Pidió so rechazára la demanda y contrademandó á Sboders por t 5,200 pesos bolivianoa, valor de los metales que dociáse sustraídos por este y gastos en la consorvacion y cuidado de los divididos por él. Producidas las pruebas por una y otra parte se dictó el llioja, Setiembre ~ de t872. · Y viatos, loa autos seguidos por D. Cárloa San Romaa como apoderado de Don Teodoro Sbodara ooo&ra Don